Sibaté Tierra Gloriosa

Funciones por dependencia

ACUERDO No. 22 DE 2016

POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECE LA ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA Y MANUAL DE FUNCIONES POR DEPENDENCIA DE LA ADMINISTRACIÓN CENTRAL DEL MUNICIPIO DE SIBATÉ, CUNDINAMARCA

EL HONORABLE CONCEJO MUNICIPAL DE SIBATÉ, CUNDINAMARCA, EN USO DE SUS ATRIBUCIONES CONSTITUCIONALES, LEGALES Y CONSIDERANDO:

Que es atribución Constitucional y legal del Concejo Municipal el reglamentar las funciones y eficiente prestación de los servicios a cargo del Municipio.

Que igualmente el Artículo 313, numeral 6, de la Constitución Política establece como otra atribución fijar la Estructura Administrativa Municipal y las funciones de sus dependencias.

Que mediante Acuerdo Municipal No. 022 de 2014, se estableció la Estructura Orgánica de la Alcaldía Municipal de Sibaté y se dictaron otras disposiciones.

ACUERDA

ARTÍCULO PRIMERO – ESTRUCTURA ADMINISTRATIVA: El Municipio de Sibaté, Cundinamarca, a partir de la fecha y con el propósito de cumplir cabalmente sus funciones constitucionales, legales y normativas tendrá la siguiente Estructura Administrativa:

1. Despacho del Alcalde.

1. 1 Oficina de Control Interno.

1 .2 Oficina de TICS- Tecnologías de Información y Comunicación.

2. Secretaria General

2.1 Oficina de Contratación.

2.2 Oficina de Atención al Usuario.

3. Secretaría de Hacienda.

3.1 Oficina de Presupuesto.

3.2 Oficina de Impuestos.

4. Secretaria de Infraestructura.

4.1 Oficina de Estudios y Diseños.

4.2 Oficina de Interventorías y Vías.

5. Secretaria de Agricultura, Desarrollo Económico y Ambiente.

5.1 Oficina de Gestión Ambiental.

5.2 Oficina de Desarrollo Económico.

5.3 Oficina Agropecuaria.

6. Secretaria de Planeación.

6.1 Oficina de Urbanismo y Vivienda.

6.2 Oficina de Proyectos y Estadísticas.

7. Secretaria de Salud.

7.1 Oficina de Salud Pública.

7.2 Oficina de Vigilancia y Prestación de Servicios.

8. Secretaria de Gobierno y Participación Comunitaria.

8.1 Oficina Jurídica.

8.2 Comisaria de Familia.

8.3 Inspección de Policía.

9. Secretaría de Desarrollo Social.

9.1 Oficina de Grupos Poblacionales.

9.2 Oficina de Educación,

9.3 Oficina de Cultura.

FUNCIONES Y COMPETENCIAS ESPECÍFICAS POR DEPENDENCIAS

MISIÓN Y FUNCIONES DEL DESPACHO DEL ALCALDE:

MISIÓN: El Despacho del Alcalde, cumpliendo con el diseño y aplicación de los principios, requisitos y competencias del MECI y del Sistema de Gestión de la Calidad tendrá como Misión: Dirigir, presidir, articular y controlar le acción administrativa del Municipio, apoyando y velando por el cumplimiento de la misión, objetivos, planes, programas y proyectos de cada una de las dependencias que conforman la Administración central, asegurando el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios Municipales, de tal forma que pueda observarse y evidenciarse el bienestar general de las comunidades y desarrollo y progreso local.

FUNCIONES: En virtud de lo anterior corresponde al Despacho del Alcalde ejercer las atribuciones, facultades y funciones que le señalen la Constitución, las Leyes, los Decretos, las ordenanzas y los acuerdos en su calidad de Jefe de la administración local y representante legal del municipio, adicionalmente cumplirá las siguientes:

1. Conservar el orden público en el municipio, de conformidad con la ley y las instrucciones y órdenes que reciba del Presidente de la República y del respectivo gobernador. El alcalde es la primera autoridad de policía del municipio.

2. Administrar los asuntos municipales y prestar los servicios públicos que determine la ley.

3. Ordenar el desarrollo de su territorio y construir las obras que demande e’ progreso local.

4. Velar por el adecuado manejo de los recursos naturales y del medio ambiente de conformidad con la ley.

5. Promover el mejoramiento económico y social de los habitantes del Municipio.

6. Hacer cuanto pueda adelantar por sí mismo, en subsidio de otras entidades territoriales, mientras se proveen lo necesario.

7. Promover la participación comunitaria y el mejoramiento social y cultural de sus habitantes.

8. Planificar el desarrollo económico, social y ambiental de su territorio, de conformidad con la ley y en coordinación con otras entidades.

9. Solucionar las necesidades insatisfechas de salud, educación, saneamiento ambiental, agua potable, servicios públicos domiciliarios, vivienda, recreación y deporte, con especial énfasis en la niñez, la mujer, la tercera edad y los sectores discapacitados, directamente y en concurrencia, complementariedad y coordinación con las demás entidades territoriales y la Nación, en los términos definidos legalmente.

10. Las demás que le señale la constitución y la ley.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE CONTROL INTERNO:

MISIÓN: Dentro de los lineamientos del MECI y del Sistema de Gestión de la Calidad, la Oficina de Control Interno del Municipio de Sibaté, ejercerá su función independiente y objetiva para agregar valor y mejorar las operaciones de la Entidad, proporcionando el conocimiento real del estado en que se encuentra la Organización de tal forma que permita reorientar oportunamente las estrategias y acciones hacia el cumplimiento de objetivos y metas institucionales propuestas; realizará valoración institucional del Riesgo; fomentará la cultura de control; y será una instancia de enlace con entes externos.

FUNCIONES: En virtud de lo anterior la Oficina de Control Interno, cumplirá entre otras con las siguientes funciones:

FUNCIONES GENERALES:

1. Verificar el cumplimiento de las leyes, normas, políticas, procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la organización y recomendar los ajustes necesarios.

2. Servir de apoyo al Nivel Jerárquico Directivo en el proceso de toma de decisiones, a fin que se obtengan los resultados esperados.

3. Realizar la evaluación de la eficiencia y la eficacia con que las dependencias de la Administración Central del Municipio de Sibaté, Cundinamarca, cumplen sus funciones y objetivos, bien directamente o a través de terceros habilitados legalmente para el efecto.

4. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la entidad y recomendar los correctivos que sean necesarios.

5. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de control que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

6. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que, en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la entidad correspondiente.

7. Mantener permanentemente informado al nivel Jerárquico Directivo acerca del estado del control interno dentro de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y de las fallas en su cumplimiento.

8. Verificar que se implanten las medidas respectivas recomendadas.

9. De conformidad con el Artículo 7 0 de la ley 87 de 1993 la Entidad Pública podrá contratar con entidades o empresas externas el ejercicio del control interno y de las auditorías internas.

10. Asesorar en el diseño del Sistema de Control Interno y del Sistema de Gestión de la Calidad para el Municipio de Sibaté y recomendar su adopción y propender por su desarrollo e implementación.

11. Planear, dirigir y organizar la verificación y evaluación del sistema de control Interno y del Sistema de Gestión de la Calidad.

12. Verificar que el Sistema de Control Interno y el Sistema de Gestión de la Calidad estén formalmente establecidos dentro de la organización y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y en particular de aquellos que tengan responsabilidad de mando.

13. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la organización, se cumplan por los responsables de su ejecución y en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.

14. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la organización estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente, de acuerdo con la evolución de la entidad.

FUNCIONES DE AUDITORÍA INTERNA:

FUNCIONES FRENTE A LA ADMINISTRACIÓN DEL RIESGO:

1. Brindar elementos para la evaluación sobre procesos de administración del riesgo.

2. Brindar elementos para determinar la pertinencia de la evaluación de riesgos.

3. Evaluar los procesos de administración del riesgo.

4. Evaluar los reportes de riesgos institucionales.

5. Revisar el manejo de riesgos institucionales.

6. Actuar como punto central de la coordinación, monitoreo y reporte sobre riesgos.

7. Apoyar a la Alta Dirección en la identificación de formas de mitigación de riesgos.

FUNCIONES DE ACOMPAÑAMIENTO Y ASESORÍA:

1. Prestar asesoría técnica y dar recomendaciones y orientación sobre la ejecución de planes, procesos, actividades y tareas.

2. Orientar y recomendar al nivel jerárquico Directivo para que éste mejore los procesos y la eficacia de las operaciones.

3. Orientar en la identificación de riesgos y evaluar la administración de los mismos.

4. Asesorar y recomendar acciones para que cada dependencia incremente la calidad y veracidad de la información, la documentación y los registros.

FUNCIONES DE EVALUACIÓN Y SEGUIMIENTO:

1. Realizar seguimiento y evaluación a la Gestión de la Entidad con el fin de asegurar que los planes, programas y proyectos estén acordes con los objetivos establecidos en el Plan de Desarrollo Municipal.

2. Realizar revisión periódica de la ejecución presupuestal de la Entidad, para verificar que ésta se realiza dentro de los lineamientos legales y normativos vigentes.

3. Realizar seguimiento a la ejecución de los procesos y procedimientos para verificar que se cumplan de conformidad con su caracterización y documentación.

4. Verificar periódica y metodológicamente el proceso de contratación estatal para verificar el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias vigentes y aplicables a la Entidad Territorial.

5. Realizar seguimiento a la legalidad de los actos administrativos expedidos por la Entidad.

6. Realizar seguimiento a los planes de mejoramiento tanto internos institucionales como a los presentados a los Organismos de Control.

7. Verificar la interacción de los procesos misionales, estratégicos, de apoyo y de evaluación de la Entidad.

FUNCIONES DE FOMENTO DE LA CULTURA DEL CONTROL:

1. Proponer el diseño de actividades para generar en los servidores públicos municipales una actitud de mejoramiento en el cumplimiento y ejercicio normal de sus funciones, procesos y procedimientos.

2. Participar en el diseño y ejecución de los programas de autoevaluación.

FUNCIONES DE RELACIÓN CON ENTES EXTERNOS:

1. Realizar actividades que permitan facilitar los requerimientos de los organismos de control externo y la coordinación en los diferentes informes que debe elaborar y presentar la Entidad.

2. Diseñar e implementar mecanismos que permitan el flujo de la información en la Entidad.

3. Participar en el diseño y ejecución de actividades de Control Interno Contable, de tal forma que se pueda evaluar y determinar la eficiencia, eficacia y economía de los procesos corporativos de la Entidad.

4. Elaborar el informe anual de evaluación del Sistema de Control Interno Contable.

5. Participar en la elaboración del Informe Anual de evaluación del Sistema de Control Interno al Consejo Nacional Asesor de Control Interno. 6, Comunicar los resultados de las Auditorias a las partes interesadas.

FUNCIONES FRENTE AL SISTEMA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD:

1. Asesorar y acompañar a la Administración Municipal en el diseño e implementación del Sistema de Gestión de la Calidad.

2. Realizar la Auditoría Independiente al Sistema de Gestión de la Calidad.

3. Participar en el diseño y ejecución de procesos de calidad al interior de la Oficina de Control Interno.

4. Propender por que los Subsistemas, componentes y elementos del MECI aporten al cumplimiento de los objetivos institucionales.

5. Verificar el cumplimiento de los requisitos obligatorios para la implementación de la Norma de Calidad.

6. Evaluar la eficiencia y efectividad de las acciones correctivas adoptadas por los responsables de las áreas o procesos.

7. Realizar evaluaciones, seguimiento y monitoreo permanente al grado de avance y desarrollo en la implementación del Sistema de Gestión de la Calidad, comprobando que se cumplen los requisitos establecidos y que son realmente efectivos.

8. Controlar y verificar el cumplimiento de los principios de la gestión de la calidad.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE TICS:

MISIÓN: La Oficina de TICS, será una subdependencia del Despacho del Acalde Municipal encargada de Formular y ejecutar políticas, estrategias, planes, programas y proyectos en materia de comunicaciones a nivel interno y externo.

FUNCIONES: En virtud de lo anterior la Oficina de TICS, cumplirá entre otras con las siguientes funciones:

1. Formular y ejecutar políticas, estrategias, planes, programas y proyectos en materia de comunicaciones a nivel interno y externo.

2. Diseñar e implantar mecanismos, sistemas y medios de comunicación de divulgación interna y externa que permitan mantener informados a los Servidores públicos, entidades y comunidad en general sobre las actividades de la Administración Municipal, las gestiones del gobierno municipal y trámites que deben adelantarse ante ella.

3. Garantizar la aplicación a nivel Municipal de los estándares; buenas prácticas y principios para la información estatal territorial.

4. Elaborar el plan institucional de TIC y orientar la elaboración del plan estratégico Municipal en materia de información.

5. Realizar el mapa de información Municipal que permita contar de manera actualizada y completa con los procesos de producción de información del Sector y del Municipio como Entidad.

6. Desarrollar estrategias de generación y promoción del flujo eficiente de información municipal y de servicio al ciudadano, en la difusión de la información y la promoción de la entidad, hacia los ciudadanos y organizaciones para rendición de cuentas.

7. Vigilar que en los procesos tecnológicos de la entidad se tengan en cuenta los estándares y lineamientos dictados por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones que permitan la aplicación de las políticas que en materia de información expida el Departamento Nacional de Planeación y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE

8. Identificar las dificultades en la implementación de estándares y buenas prácticas y en el cumplimiento de los principios para la información estatal.

9. Lograr acuerdos entre las entidades municipales y departamentales para compartir información y mejorar la eficiencia en la producción, recolección, uso y disposición de la información de acuerdo con los lineamientos estratégicos emitidos por el Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el Departamento Nacional de Planeación, y el Departamento Administrativo Nacional de Estadística-DANE.

10. Identificar necesidades de información municipales, con el propósito de ser priorizadas dentro del plan estratégico de información.

11. Liderar la Estrategia de Gobierno en línea a nivel Municipal.

12. Administrar la Página web Municipal y demás canales de información y comunicación a nivel municipal.

13. Dirigir y coordinar los programas de impresión y publicaciones, así como la elaboración y difusión de programas audiovisuales, de acuerdo con las directrices del Despacho del Alcalde.

14. Dirigir y ejecutar campañas de difusión sobre los programas municipales específicos orientados a las comunidades.

15. Asesorar y orientar al Despacho del Alcalde municipal en el manejo de las relaciones con los medios de comunicación, para mantener y garantizar relaciones armónicas.

16. Proponer y participar en el diseño e implementación del componente de Comunicación Pública, incluyendo propuestas para la creación y puesta en funcionamiento de medios y mecanismos de comunicación.

17. Mantener informado al Despacho del Alcalde Municipal sobre los contenidos de materiales difundidos por los distintos medios de comunicación, tanto en el campo de la información como en el de la opinión, y llevar el archivo correspondiente.

18. Coordinar y apoyar los procesos de protocolo y desarrollo de eventos y acciones que desarrolle la Administración Municipal.

19. Proponer y preparar los decretos de exaltación o reconocimiento y las comunicaciones protocolarías que deba suscribir, expedir o pronunciar el señor Alcalde Municipal, en coordinación con las respectivas dependencias.

20. Formular, definir, adoptar y actualizar el plan prospectivo en la mediación tecnológica en la administración municipal.

21. Hacer la planeación estratégica o prospectiva de sistemas de información Seguridad informática.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA GENERAL:

MISIÓN: La Secretaría General enfocará sus actividades a aspectos fundamentales para el cumplimiento de funciones y competencias territoriales, en virtud de lo cual propenderá por ser una instancia líder en áreas como: Desarrollo Administrativo; Desarrollo del Talento Humano; Contratación Administrativa y; Manejo de Compras e inventarios; y además asumirá las funciones de Jefatura de Personal, en virtud de lo cual también liderará las funciones del grupo de Control Interno Disciplinario.

FUNCIONES: En virtud de lo anterior la Secretaria General, cumplirá entre otras con las siguientes funciones:

1. Asesorar al Despacho del Alcalde Municipal en la formulación y adopción de políticas, planes y estrategias para el fortalecimiento del área administrativa.

2. Dentro de los lineamientos de Modernización de la Entidad Territorial Diseñar y ejecutar programas y proyectos de desarrollo administrativo, de tal forma que los procesos y servicios ofertados permitan evidenciar eficiencia en la Administración Municipal, aplicando mejora continua en todos ellos.

3. Diseñar y ejecutar procesos y procedimientos simplificados con el fin da racionalizar la utilización de los recursos y hacer eficaz y eficiente la prestación de servicios a cargo de la Entidad.

4. En coordinación con el Despacho del Alcalde formular políticas y estrategias relacionadas con la contribución efectiva de la gestión humana en el cumplimiento de la misión institucional.

5. Propiciar el desarrollo integral de los servidores públicos del Municipio y generar los espacios de participación para lograr una eficiente prestación de los servicios a cargo de la Entidad Territorial.

6. Ser el apoyo logístico administrativo municipal, el cual debe ser planeado y ejecutado con criterios de racionalidad y oportunidad, involucrando cada uno de los responsables y estableciendo los mecanismos de evaluación en términos de costo beneficio.

7. Dar aplicación a las normas y procedimientos sobre carrera administrativa establecidos en la Ley y decretos reglamentarios, propender por su correcta y ágil aplicación en la administración municipal mediante asesoría y soporte para su aplicación. En este sentido podrá diseñar y aplicar un sistema específico de evaluación del desempeño para la Entidad Territorial.

8. Planear, organizar, coordinar y evaluar los programas y procesos relacionados con la selección, inducción y reinducción de personal; evaluación y calificación del desempeño, permanencia, promoción, gestión y retiro.

9. Planear, organizar, coordinar y evaluar los programas y procesos relacionados con el régimen salarial, prestacional y pensional del personal vinculado o que se vincule a la Administración Municipal. Incluye el Planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar el proceso de liquidación de nómina y prestaciones sociales y demás derechos del personal de la Administración Central y coordinar con la Secretaría de Hacienda el pago correspondiente.

10. Administrar y controlar el sistema de registro de las situaciones administrativas del personal y expedir los certificados de servicio y salarios que le soliciten.

11. Ejercer las funciones de jefatura de personal de la entidad, en virtud de la cual será la encargada de dirigir y coordinar la gestión de personal, propendiendo por el establecimiento de procesos que desarrollen el talento humano de los servidores públicos.

12. Elaborar los proyectos de actos administrativos relacionados con ‘os nombramientos, posesiones, liquidaciones y demás del orden prestacional o de seguridad social de los servidores públicos municipales.

13. Coordinar el diseño e implementación del Plan Integrado de Desarrollo del Talento Humano, el cual incluye Plan institucional de Capacitación, Plan de Bienestar social, y Plan de Incentivos.

14. Planear, dirigir y ejecutar el Sistema de Gestión para la Seguridad y Salud en el Trabajo.

15. Desarrollar procesos y procedimientos concernientes al reporte de historias laborales para establecer el Pasivo pensiona’ de la Entidad y su respectivo reconocimiento.

16. En coordinación con la subordinada Oficina de Contratación, asesorar al Alcalde Municipal en el proceso de contratación administrativa en los términos legalmente previstos en especial por la ley 80 de 93, Ley 1 150 de 2007, sus decretos reglamentarios y por las demás leyes o normas que tos modifiquen o adicionen.

17. En coordinación con La subordinada Oficina de atención al usuario, asesorar al Alcalde Municipal en la implementación de las políticas archivísticas y de atención al ciudadano, de conformidad con los términos legalmente previstos en la ley sus decretos reglamentarios y por las demás leyes o normas que los modifiquen o adicionen.

18. Diseñar, ejecutar y controlar las actividades de mantenimiento y conservación del equipamiento municipal.

19. Dirigir y controlar la prestación de servicios de aseo, limpieza, cafetería y

20. mantenimiento de instalaciones municipales.

21. Dirigir y controlar los servicios de vigilancia y servicios generales dentro de las instalaciones de la entidad.

22. Acompañar al Despacho del Alcalde en la sustentación de los diferentes proyectos de acuerdo que por su competencia o naturaleza le corresponda conocer y ejecutar.

FUNCIONES DE CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO:

1. Asesorar al Despacho del Alcalde en la definición de la política para el seguimiento y evaluación de la conducta ética y la adecuada prestación del servicio de los servidores públicos de la Administración Central en el cumplimiento de sus funciones.

2. Recibir las denuncias o quejas por las violaciones de las normas constitucionales o legales en que puedan incurrir los funcionarios de la Administración Municipal.

3. Decidir sobre los siguientes aspectos: procedencia o no de la indagación preliminar, la investigación disciplinaria, la formulación de cargos y el archivo provisional o definitivo, de acuerdo con la competencia.

4. Adelantar las diligencias preliminares e investigaciones disciplinarias, observando las normas legales vigentes y los principios que rigen el procedimiento disciplinario.

5. Conocer y fallar en primera instancia los procesos disciplinarios que se adelantan contra funcionarios y exfuncionarios públicos y los particulares que ejerzan funciones públicas en la Administración Municipal en forma permanente o transitoria.

6. Decidir los recursos de reposición que se interpongan contra los autos de sustanciación, contra el que niega la recepción de la versión voluntaria y contra los fallos de única instancia.

7. Comunicar a la Procuraduría General de la Nación, sobre la apertura y el resultado de la investigación disciplinaria.

8. Imponer las sanciones a que haya lugar según las disposiciones legales vigentes;

9. Proyectar las providencias mediante las cuales se acojan decisiones ordenadas por la Procuraduría General de la Nación.

10. Presentar informes de sus actuaciones a la Procuraduría General de la Nación, cuando esta lo requiera. Enviar a la Procuraduría General de la Nación las investigaciones que ésta deba asumir en virtud de la competencia preferente.

11. Continuar con los procesos disciplinarios que de conformidad con lo preceptuado en el artículo 69 de la Ley 734 de 2002, sean recibidos por la Procuraduría General de la Nación.

12. Remitir las investigaciones disciplinarias a los organismos, entidades o dependencias que por competencia las deban asumir.

13. Remitir al Despacho del Alcalde, los recursos de apelación contra el fallo de primera instancia.

14. Mantener el control, registro y actualización de sanciones e investigaciones disciplinarias adelantadas.

15. Preparar y presentar los informes sobre las actividades desarrolladas con la oportunidad y periodicidad requeridas.

16. Diseñar, organizar, coordinar, ejecutar y controlar los planes de capacitación preventiva a los funcionarios de la entidad, con el fin de prevenir la violación de las normas y la comisión de conductas disciplinables.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE CONTRATACIÓN:

MISIÓN: La Oficina de Contratación estará adscrita a la Secretaría General como una subdependencia encargada de liderar y orientar todos los procesos contractuales que adelante la Entidad Territorial, para ofertar la satisfacción de necesidades internas y de la comunidad del Municipio de Sibaté, Cundinamarca.

FUNCIONES: La Oficina de Contratación cumplirá entre otras con las siguientes funciones:

1. Participar en los diferentes procesos de contratación administrativa en todas sus etapas y modalidades, que culminen con la celebración de contratos que deba suscribir el Despacho del Alcalde Municipal.

2. Prestar asesoría y orientación jurídica en los procesos de contratación administrativa en todas sus etapas y modalidades.

3. Solicitar a las diferentes dependencias la documentación necesaria para el perfeccionamiento y ejecución de los contratos que suscriba el Despacho del Alcalde y conservará en custodia una vez formalizados.

4. Controlar el cumplimiento de los términos, plazos, garantías y demás requisitos previstos para los contratos que celebre la Administración Municipal.

5. Proyectar los conceptos que en materia de contratación soliciten tas diferentes dependencias y los particulares y contratistas de da Entidad Pública.

6. Llevar y mantener actualizado el registro de contratos vigentes, en liquidación o liquidados.

7. Preparar y reportar los diferentes medios y organismos de control los informes y demás aspectos inherentes a la contratación estatal del Municipio de Sibaté, Cundinamarca, de conformidad con los lineamientos y requisitos previos establecidos por dichas entidades.

8. Prestar el apoyo que le soliciten las demás dependencias para efectos de estudios previos, ejecución contractual y procedimientos post contractuales inherentes al proceso de contratación estatal en la Entidad Territorial.

9. Presentar informes periódicos al Despacho del Secretario General, en relación con la ejecución de procesos contractuales y su cumplimiento.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE ATENCION AL USUARIO:

MISIÓN: La Oficina de Atención al Usuario estará adscrita a la Secretaría General como una subdependencia encargada de ofrecer a los ciudadanos un servicio de información y atención óptima y oportuna, canalizando oportunamente sus peticiones, sugerencias, quejas o reclamos

FUNCIONES: La Oficina de Atención al Usuario cumplirá entre otras con las siguientes funciones:

FUNCIONES DE ATENCION AL USUARIO:

1. Proponer al Despacho del Alcalde y a la Ata Dirección las estrategias, políticas y procedimientos que permitan la unidad de criterios para el suministro de la información y atención de los usuarios de la Alcaldía.

2. Desarrollar estrategias para la medición de la oportunidad V calidad en la atención a los diferentes usuarios y población en general y proponer acciones de mejora tendientes a incrementar los niveles de satisfacción con los servicios que presta la Administración Municipal.

3. Proponer al Despacho del Alcalde y liderar la implementación y mantenimiento de estrategias y proyectos de participación social que permitan la interacción con los usuarios, ciudadanos y las diferentes entidades gubernamentales.

4. Desarrollar e implementar las diferentes estrategias y líneas de política relacionadas con el servicio al ciudadano, optimización de servicios e implementación de estándares establecidos por el Gobierno Nacional, en articulación con la Oficina de TIC’S.

5. Identificar y poner a consideración del Despacho del Acalde y Alta Dirección, los temas que requiere de unificación de criterios o de revisión normativa.

6. Dirigir la implementación de las políticas de atención de los usuarios de la Administración Municipal en todas las dependencias y puntos de atención.

7. Desarrollar campañas de Atención a los ciudadanos, en coordinación con las demás dependencias.

8. Recibir, a través de los distintos canales de comunicación que se establezcan para el efecto, cualquier recomendación, denuncia, reclamo o información requerida y relacionada con las funciones que desempeña o servicios que presta el Municipio en cualquiera de sus dependencias y dar el trámite respectivo, de acuerdo con los procedimientos y las normas vigentes.

9. Realizar seguimiento, ejercer control y llevar registro de las quejas, denuncias y reclamos que le formulen al Municipio, realizando los requerimientos que sean necesarios para garantizar el cumplimiento de las normas que regulan la materia y el respeto de los derechos que sobre el particular les asiste a los ciudadanos.

10. Elaborar Informes Semestrales consolidados del área de atención al Usuario.

11. Liderar todos los procedimientos para la recepción y distribución de la correspondencia de la Entidad.

FUNCIONES DE MANEJO DOCUMENTAL Y ARCHIVISTICO DE LA ENTIDAD:

1. Diseñar e implementar un Sistema de Administración documental que garantice la conservación, uso y protección de las guías, textos y demás documentos de interés para la Administración Municipal.

2. Planear, dirigir y controlar los procesos y procedimientos requeridos para que la gestión documental, el archivo y la correspondencia se lleven a cabo de una manera técnica.

3. Diseñar y desarrollar sistemas de información, clasificación, actualización, manejo y conservación de recursos propios de la subdependencia con el propósito de optimizar la utilización de los recursos disponibles.

4. Diseñar y ejecutar programas y proyectos de orden archivístico de tal forma que permita el servicio de consulta y la conservación de documentos, acordes con la misión, visión, funciones y programas específicos de la Entidad, con sujeción a los lineamientos y normatividad fijados por el Archivo General de la Nación.

5. Dirigir los procesos de recepción, transferencia y clasificación del Archivo General de la Entidad. Incluye Archivo Central y Archivo Histórico.

6. Dirigir los procesos de conservación, organización, inventario, servicio y control de la documentación del archivo general.

7. Dar las instrucciones y ejecutar actividades pertinentes a la organización de los archivos de gestión de las diferentes dependencias, con e’ fin de que la producción, administración y archivo de la documentación se ajuste a los estándares y manuales establecidos para la Entidad.

8. Seleccionar, organizar, conservar y divulgar el acervo documental que integra el Archivo General del Municipio.

9. Recibir las transferencias documentales que se efectúen bajo la responsabilidad de las Secretarías de Despacho, de conformidad con el Plan de transferencias documentales y conforme a los procedimientos y regulaciones establecidas por el Archivo General de la Nación.

10. Promover la organización y el fortalecimiento de los archivos del orden municipal, para garantizar la eficacia de la gestión archivística y la conservación del patrimonio documental, así como apoyar los archivos privados que revistan especial importancia cultural o histórica para el Municipio.

11. Dar las instrucciones pertinentes a los archivos de gestión para que la retención, selección y eliminación se haga acorde con los estándares y manuales establecidos y precisar los cronogramas de transferencia.

12. Dar las instrucciones pertinentes a los archivos de gestión sobre las reglas que deben observarse para el servicio y consulta de los documentos.

13. Hacer el monitoreo en los archivos de gestión para controlar el cumplimiento de las políticas, reglas y estándares.

14. Velar porque las transferencias de documentación con valor secundario se lleven a cabo de acuerdo a la normativa y protocolos correspondientes.

15. Mantener actualizados: el cuadro de clasificación, los cuadros de valoración, las tablas de retención, los inventarios y demás herramientas estándares requeridas para la gestión documental.

16. Elaborar y mantener actualizado el manual de procesos y procedimientos para la gestión documental y el Archivo General de la Entidad.

17. Elaborar los instrumentos de control necesarios.

18. Citar el comité interno de archivos de la entidad y hacer la secretaría técnica.

19. Gestionar los recursos presupuestales requeridos para e’ óptimo funcionamiento del Archivo General de la Entidad.

20. Coordinar con las demás dependencias el manejo, funcionamiento y organización de los archivos de gestión.

21. Apoyar y estimular la investigación de la información contenida en los distintos archivos de la Administración Municipal a partir de las fuentes primarias y el uso y consulta de archivos para las decisiones de la gestión administrativa.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA DE HACIENDA:

MISIÓN: El desempeño de las funciones de esta dependencia gira en torno al objetivo de colaborar con la administración en el planteamiento y formulación de políticas en áreas financieras, fiscales y económicas; garantizar una eficiente labor de recaudo y una óptima administración de los ingresos y egresos; orientar, programar y ejecutar las políticas financieras municipales, todo lo anterior enfocado en las políticas de atención al usuario

FUNCIONES: Para el cumplimiento efectivo de sus competencias y misión, la Secretaría de Hacienda Municipal deberá cumplir, entre otras, con las siguientes funciones:

1. Dirigir, bajo la orientación del Despacho del Alcalde, la política tributaria y la gestión fiscal del Municipio de conformidad con la constitución y la Ley.

2. Asesorar al Despacho del Alcalde, en la formulación de las estrategias de financiamiento de los planes y programas de desarrollo económico y social, en coordinación con las demás Secretarías de Despacho.

3. Adelantar o promover los estudios de impacto de las decisiones de política macroeconómica del Estado, sobre las finanzas públicas Municipales.

4. Planear, coordinar, supervisar o recaudar las rentas del Municipio, de acuerdo con el Estatuto de Rentas y el Estatuto Orgánico de Presupuesto, y demás disposiciones legales y reglamentarias, vigentes y aplicables a la Entidad Territorial.

5. Diseñar, caracterizar y ejecutar procedimientos para la recepción, administración, conservación y custodia de cuentas y fondos especiales, títulos y valores del tesoro público municipal.

6. Organizar y ejecutar procedimientos, debidamente documentados, para la liquidación, reconocimiento, registro y pago oportuno de los gastos, obligaciones y transferencias a cargo de la Administración Municipal.

7. Identificar los mecanismos de financiación directa, cofinanciación, cesión de rentas, crédito y conversión susceptibles de ser utilizados por el Municipio en la ejecución de los planes y programas de desarrollo y elaborar las propuestas correspondientes, en colaboración con las demás Secretarías de Despacho.

8. Dirigir y consolidar la formulación y ejecución de los componentes del sistema presupuestal, el plan financiero, el presupuesto general del Municipio y el programa anual Mensualizado de caja PAC.

9. Elaborar el proyecto de Presupuesto General del Municipio en estrecha coordinación con las Secretarías de Despacho y de conformidad con las normas orgánicas del presupuesto aplicables a nivel Municipal.

10. Preparar en coordinación con la Secretaria de Planeación, los proyectos del Plan Financiero y el Plan Operativo Anual de Inversiones POA, los cuales se someterán a las instancias de aprobación que consagre el Estatuto Orgánico de Presupuesto y las normas que regulen la materia.

11. Organizar y vigilar el crédito público, de conformidad con las disposiciones legales, y atender el servicio de la deuda pública Municipal.

12. Adelantar actividades específicas que permitan la conservación y custodia de los valores, títulos y demás documentos financieros del Municipio, así como garantizar oportunamente el recaudo de tas utilidades, dividendos o intereses.

13. Organizar la contabilidad financiera, patrimonial y presupuestal de todos los bienes del Municipio.

14. Programar, dirigir y coordinar actividades de control administrativo sobre la causación y percepción de rentas.

15. Adoptar las políticas necesarias para la prevención y represión del fraude, evasión y elusión de las rentas municipales, de conformidad con las disposiciones vigentes. En este mismo sentido está dependencia podrá delegársele el proceso de jurisdicción coactiva.

16. Coordinar y controlar el registro de operaciones financieras.

17. Elaborar y mantener actualizado, en coordinación con la Secretaría de Planeación, el Proyecto de Marco Fiscal de Mediano Plazo.

18. Efectuar los descuentos a favor de las entidades y organismos a que obliga la ley y hacer entrega de los mismos a sus beneficiarios.

19. Elaborar y presentar los informes de rendición de cuentas a los organismos de control, dentro de los términos y lineamientos preestablecidos por dichas entidades.

20. Gestionar y responder por el proceso de manejo de las cuentas bancarias del municipio.

21. Participar en el diseño e implementación de políticas de endeudamiento; administración de la deuda pública municipal, proyección, registro y control de su ejecución y servicio.

22. Participar en los procesos de diseño e implementación del control interno contable, en la especificidad para la Entidad territorial.

23. Establecer estrategias que permitan el mejoramiento del proceso de recaudo municipal.

24. Asesorar y acompañar a los diferentes consejos y/o comités en los cuales se tenga algún tipo de afectación presupuestal.

25. En coordinación con el funcionario responsable (contador) verificar el cumplimiento de todas las etapas del proceso contable (reconocimiento y revelación).

26. Adoptar los lineamientos establecidos en las normas internacionales de información financieras “NIF” a la contabilidad municipal.

27. Acompañar al Despacho del Alcalde en la sustentación de los diferentes proyectos de acuerdo que por su competencia o naturaleza le corresponda conocer y ejecutar.

FUNCIONES DE ALMACÉN:

1. Planear, organizar, coordinar y controlar el Plan de adquisiciones y suministros para la provisión de bienes, suministros municipales.

2. Planear, dirigir y coordinar los procesos de recepción, registro, clasificación, administración, custodia y distribución de bienes para atender las necesidades de la Administración Municipal o con destino a la ejecución de proyectos.

3. Planear y coordinar los inventarios actualizados de bienes muebles e inmuebles propiedad del municipio, así como los bienes devolutivos y de consumo.

4. Diseñar y Aplicar el manual general de inventarios para la clasificación y manejo de bienes y elementos.

5. Diseñar y aplicar los sistemas, métodos y procedimientos para el manejo y

1. valoración de inventarios.

6. Dirigir y controlar los procesos de legalización, conservación, aseguramiento y cuidado de bienes muebles e inmuebles de la Administración Municipal.

7. Elaborar y publicar el Plan Anual de Compras del Municipio, ésta actividad en coordinación de todas las dependencias de la Administración Central del Municipio y publicarlo en la página web municipal, en el SECOP y darle la demás publicidad exigida legal y normativamente.

8. Entregar informes periódicos al Despacho de la Secretaría General y al Despacho del Alcalde Municipal.

9. Realizar inventarios físicos periódicos, mínimo uno anual.

10. En coordinación con la Secretaría de Hacienda y el área Contable, realizar la depuración contable de inventarios del municipio.

11. Participar en la elaboración y ejecución de las herramientas de Planeación estratégica municipal, en los temas resorte de tas funciones de la dependencia. Plan Indicativo, Planes de acción e Planeación Nacional y Departamental.

MISIÓN Y FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LA OFICINA DE IMPUESTOS:

MISIÓN: La Oficina de Impuestos del Municipio de Sibaté, Cundinamarca, estará adscrita a la Secretaría de Hacienda como una subdependencia encargada de liderar el proceso de Recaudo de impuestos de índole municipal, con e’ propósito de fortalecer los ingresos de los recursos municipales cualquiera que fuere su naturaleza o fuente.

FUNCIONES: La Oficina de Impuestos, tendrá entre otras las siguientes funciones:

1. Diseñar y mantener actualizado un sistema de información relacionado con los censos de contribuyentes, recaudos, pagos, catastro.

2. Diseñar y ejecutar programas, procesos y procedimientos relacionados con la liquidación, recaudo, registro de impuestos, rentas, tasas, contribuciones y transferencias a favor del Municipio o de terceros que deban ser recaudados por la Secretaría de Hacienda.

3. Planear, coordinar, supervisar tos procesos, procedimientos y actividades tendientes a recaudar las rentas del Municipio, de acuerdo con el Estatuto de Rentas y el Estatuto Orgánico de Presupuesto, y demás disposiciones legales y reglamentarias, vigentes y aplicables a la Entidad Territorial.

4. Proponer a la Administración Municipal políticas y programas en materia fiscal y tributaria dirigida a fortalecer el manejo, recuperación y mantenimiento de los diversos bienes e ingresos de la Entidad Territorial, dentro del marco jurídico vigente.

5. Diseñar un programa que busque concretar acciones necesarias para lograr que los contribuyentes morosos acudan al pago de las obligaciones a favor del Municipio.

6. Elaborar los respectivos informes diarios o periódicos que implican los procesos relacionados con el recaudo municipal.

7. Participar en la elaboración del proyecto de presupuesto público municipal y proyectar las respectivas cifras de ingresos públicos municipales.

8. Participar en la elaboración y actualización del Marco Fiscal de Mediano plazo.

9. Adelantar los respectivos procedimientos del proceso de cobro por jurisdicción coactiva, en aquellos casos en que dicha función sea delegada a la Secretaría de Hacienda.

10. Realizar y participar en procesos de auditoría que se realicen a los procedimientos propios del recaudo y registro de impuestos municipales.

11. Programar, dirigir y coordinar actividades de control administrativo sobre la causación y percepción de rentas.

12. Adoptar las políticas necesarias para la prevención y represión del fraude, evasión y elusión de las rentas municipales, de conformidad con las disposiciones vigentes.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE PRESUPUESTO:

MISIÓN: La Oficina de Presupuesto será una subdependencia de la Secretaría de Hacienda, la cual tendrá como competencia participar en la coordinación y ejecución del proceso de diseño, elaboración y control de la ejecución presupuestal activa y pasiva de la Entidad Territorial, de tal forma que ésta se ajuste a los lineamientos del estatuto orgánico del presupuesto y al marco jurídico vigente y aplicable a la Entidad Territorial.

FUNCIONES: La Oficina de presupuesto, tendrá entre otras las siguientes funciones:

1. Programar, dirigir, coordinar, ejecutar y controlar el sistema Presupuestal Municipal.

2. Participar en los procesos de formulación del presupuesto público municipal, PAC, Plan de inversiones y Plan Financiero para el sistema presupuestal propio del Municipio y dirigir y consolidar el registro de ejecución de los mismos.

3. Elaborar el proyecto de Presupuesto General del Municipio en estrecha coordinación con las demás Secretarías de Despacho y de conformidad con las normas orgánicas del presupuesto aplicables a nivel Municipal.

4. Coordinar la ejecución presupuestal de conformidad con el Estatuto Orgánico del Presupuesto del Municipio y las disposiciones que rigen la materia.

5. Efectuar la vigilancia administrativa, económica y financiera de las actividades presupuestales de todas las dependencias y presentar estrategias de ejecución.

6. Participar en la elaboración y actualización del Marco Fiscal de Mediano Plazo de la Entidad Territorial.

7. Elaborar y realizar la rendición de informes de índole presupuestal ante los diferentes organismos de control que así lo soliciten, dentro de los términos y lineamientos previstos para ello.

8. Preparar anualmente el decreto de liquidación del presupuesto

9. Organizar lo pertinente para la constitución de reservas presupuestales y cuentas por pagar, para cubrir los compromisos adquiridos por el municipio en la respectiva vigencia.

10. Proponer las modificaciones y ajustes presupuestales pertinentes de conformidad con la realidad municipal y los recursos de la Entidad Territorial y sustentarlas ante la autoridad correspondiente.

11. Ejecutar y responder por los procesos de expedición de certificados de disponibilidad presupuestal y registro de compromisos, así como por el registro de reducciones, reservas presupuestales y demás relacionadas con el presupuesto público municipal.

12. Proyectar los diferentes actos administrativos que conlleven movimientos presupuestales.

13. Emitir opiniones en materia presupuestal y absolver consultas que incidan en el presupuesto público municipal.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA DE INFRAESTRUCTURA:

MISIÓN: Corresponde a la Secretaría de Infraestructura preparar todos los planes, programas y proyectos específicos de inversión en obras públicas municipales para construir, remodelar, ampliar toda la infraestructura pública municipal, para lo cual deberá adelantar actividades de estudios y diseños; interventoría y supervisión; y de organización de la maquinaria municipal para contribuir con las anteriores.

FUNCIONES: La Secretaría de Infraestructura cumplirá con las siguientes funciones:

1. Asesorar al Alcalde en la formulación de políticas de Infraestructura Pública en el Municipio, en armonía con el Plan de Desarrollo y el Plan de Ordenamiento Territorial.

2. Preparar los planes y programas de inversión en obras públicas en estrecha colaboración con las demás Secretarías y de conformidad con las metas y objetivos sectoriales del Plan de Desarrollo Municipal.

3. Formular los planes, programas y proyectos de Obras Públicas que vayan a integrar el Plan Operativo Anual de Inversiones.

4. Responder por los procesos de Selección abreviada, licitación, concursos de mérito, mínima cuantía y contratación directa que tenga de alguna forma relación con obras de Infraestructura Pública, mantenimiento y conservación que se proyecten ejecutar en el Municipio. Autorizar el pago a contratista de obras de infraestructura, en aquellos casos en que sea supervisor directamente.

5. Coordinar la elaboración y los estudios técnicos de las diferentes obras viales e hidráulicas que se proyecten ejecutar en el Municipio y responder por su evaluación y seguimiento.

6. Preparar la información técnica necesaria para el proceso de contratación de las obras a ejecutar, tanto en su etapa precontractual, como contractual y post-contractual, esto en estrecha coordinación con la Oficina de Contratación.

7. Coordinar y ejecutar la supervisión técnica, administrativa y financiera de las

1. obras que ejecuten con el fin de asegurar que se cumpla con los objetivos y especificaciones propuestos. De igual forma deberá supervisar los elementos, equipos y materiales que se requieran para el mantenimiento, adecuación, restauración o reconstrucción de obras de infraestructura.

8. Identificar los proyectos que se puedan adelantar por medio de la contribución de valorización.

9. Atender con Eficacia y Eficiencia las obras necesarias para la prevención y atención de desastres.

10. Ejecutar, supervisar y coordinar la ejecución de obras públicas en la jurisdicción municipal, producto de convenios interadministrativos, ejecutados por la Administración Municipal, por Entidades del Orden nacional o departamental y/o por particulares.

11. Prestar asesoría y asistencia técnica, administrativa y financiera a las Juntas de Acción Comunal en los diseños, elaboración de proyectos, construcción y mantenimiento de sus obras.

12. Coordinar la ejecución de los planes y programas debidamente adoptados por el Municipio relativos a la telefonía y electrificación rural y urbana.

13. Identificar, formular, registrar y gestionar los proyectos de inversión del sector de obras públicas en coordinación con la oficina de Banco de proyectos y

2. estadísticas

14. Promover en colaboración con la Oficina Jurídica del Municipio, et adelanto de las expropiaciones por vía administrativa necesarias para la ejecución de los planes programas, de conformidad con la Constitución Nacional y la ley.

15. Planear y coordinar la ejecución de proyectos específicos relacionados con el desarrollo de obra publica

16. Acompañar al Despacho del Alcalde en la sustentación de los diferentes proyectos de acuerdo que por su competencia o naturaleza le corresponda conocer y ejecutar.

MISIÓN Y FUNCIONES Y COMPETENCIAS DE LA OFICINA DE ESTUDIOS Y DISEÑOS:

MISIÓN: La Oficina de Estudios y Diseños será una subdependencia adscrita a la Secretaría de Infraestructura, está prevista para que funcionalmente sea el soporte y direccionamiento en la realización de estudios y diseños necesarios para prever las obras públicas y de infraestructura que requiere adelantar la Administración Municipal, con el propósito de cumplir con las metas y objetivos sectoriales, ofreciendo así mejores alternativas de calidad de vida a la población de Sibaté.

FUNCIONES: La Oficina de Estudios y Diseños deberá cumplir con las siguientes funciones:

1. Elaborar los estudios y diseños de los proyectos de ejecución de obras de infraestructura y su expansión de acuerdo a los lineamientos del Plan de Desarrollo Municipal, sus metas y objetivos sectoriales.

2. Realizar los estudios y diagnósticos que exija la planeación, así como definir prioridades y elaborar los presupuestos anuales (POAI) y plurianual de inversión para los programas, proyectos y obras que conforman los planes, y demás actividades que se desprendan de la formulación de los proyectos.

3. Coordinar con las Secretarías de Despacho, de manera integral el diseño y la ejecución de los diferentes proyectos que demanden atención especial debido a su impacto desde el punto de vista financiero y social y su respectiva inscripción y viabilización en el Banco de proyectos Municipal.

4. Planear, dirigir, coordinar y controlar la elaboración de los apartes técnicos de los pliegos de condiciones y guías de requisitos básicos para la contratación tanto de estudios y diseños como de construcción e interventorías de obras de infraestructura municipal.

5. Adelantar la revisión, actualización y complementación permanente de las especificaciones técnicas tanto para estudios y diseños como para la construcción de obras de infraestructura.

6. Adelantar los estudios y diseños (directa o indirectamente) de obras necesarios para garantizar la óptima construcción, mantenimiento y rehabilitación de la malla vial municipal, obras de infraestructura, equipamiento municipal, instituciones educativas y demás del orden municipal. Incluye la elaboración de planos en sus diferentes componentes y la elaboración de presupuestos de obra para así revisar su viabilidad financiera.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE INTERVENTORÍA Y VÍAS:

MISIÓN: La Oficina de interventoría y vías será una subdependencia adscrita a la Secretaría de Infraestructura, la cual tiene dos ejes fundamentales: De un lado ser toda la ejecución de obras infraestructura; y de otro lado adelantar acciones de coordinación de obras de infraestructura con el apoyo de la maquinaria municipal.

FUNCIONES: La Oficina de Interventoría y vías ejercerá, entre otras, las siguientes funciones:

1. Responder por la gestión, supervisión, seguimiento, control y evaluación de la ejecución de los proyectos contratados para adelantar obras de infraestructura municipal.

2. Hacer la supervisión, el seguimiento, el control y la recepción de las obras y proyectos de infraestructura del espacio público.

3. Organizar y distribuir el equipo disponible de maquinaria y personal operativo, en las diferentes obras del Municipio.

4. Coordinar la reparación y mantenimiento de los equipos, maquinaria, y demás parque automotor de propiedad del Municipio.

5. Realizar la supervisión técnica, administrativa y contable asegurando que el proyecto a ejecutar cumple con los objetos propuestos en los contratos, garantizando la calidad de los materiales, su adecuado suministro y la correcta ejecución de las obras.

6. Generar acciones correctivas y preventivas en el ejercicio de la supervisión o interventoría de obras de infraestructura pública.

7. Realizar la supervisión, coordinación, seguimiento y el control de los contratos de interventorías, estudios y diseños.

8. Adelantar la revisión, actualización y complementación permanente de las especificaciones técnicas tanto para estudios y diseños como para la construcción de los proyectos de construcción o mantenimiento de la infraestructura pública municipal.

9. Dirigir y coordinar las actividades de diseño (directa o indirectamente) y mantenimiento de las obras del espacio público correspondiente.

MISION Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, DESARROLLO ECONÓMICO Y AMBIENTE:

MISIÓN: La Secretaría de Agricultura, Desarrollo Económico y Ambiente enfocará sus actividades en tres procesos fundamentales como son: Asistencia Técnica y profesional para el desarrollo del Sector Agropecuario; Apoyo a la Agroindustria y

el Desarrollo económico municipal con énfasis en la pequeña y mediana empresa; y la implementación del Sistema de Gestión Ambiental en la jurisdicción Municipal.

FUNCIONES: La Secretaría cumplirá, entonces con las siguientes funciones:

1. Coordinar y aunar esfuerzos para la ejecución de convenios y programas relacionados con el fortalecimiento de los sectores productivos y de generación de empleo.

2. Gestionar proyectos de cooperación y alianzas estratégicas para la asistencia técnica y de recursos, con organismos nacionales e internacionales, públicos y privados, para apoyar los sectores agropecuario, económico y ambiental.

3. Preparar el Plan Operativo Anual para las actividades de la Asistencia Técnica Agropecuaria y Ambiental.

4. Preparar los proyectos e informes que sean requeridos por la Secretaría de Agricultura y Desarrollo económico de Cundinamarca.

5. Definir los elementos básicos que constituyen la Unidad Agrícola Familiar UAF en el Municipio de Sibaté, Cundinamarca, con el fin de determinar la franja de usuarios que recibirán el servicio de asistencia técnica gratuita.

6. Impulsar el desarrollo rural, a través de mecanismos de asistencia técnica y desarrollo de la agricultura, ganadería, pesca, ecología y la conservación de suelos y cuencas y hoyas hidrográficas.

7. Diseñar y ejecutar procesos de planificación, seguimiento y evaluación de todos los planes, programas y proyectos orientados para el desarrollo agropecuario, económico y ambiental de las comunidades.

8. Participar en todos los estudios técnico sectoriales pertinentes para el mejoramiento del desarrollo productivo, agroindustrial y comercial del sector agropecuario, económico y ambiental.

9. Apoyar la gestión de recursos técnicos y financieros que se direccionen a los planes, programas y proyectos estratégicos para el fomento de la productividad y competitividad de los sectores municipales y su proyección a nivel departamental y nacional.

1. 1 0. Apoyar técnica y económicamente la ejecución, seguimiento y evaluación de los proyectos de investigación agroambiental que busquen el desarrollo de sistemas de producción agroindustrial y agroambiental sostenibles.

2. 1 1. Direccionar, conjuntamente con las demás instancias e instituciones responsables del ambiente, las políticas de manejo y conservación del mismo.

13. Realizar estudios técnicos en materia agropecuaria, agroindustrial y de desarrollo económico para el mejoramiento del desarrollo productivo del Municipio.

14. Dirigir, coordinar y asesorar el funcionamiento del Consejo Municipal de desarrollo rural “CMDR”

15. Acompañar al Despacho del Alcalde en la sustentación de los diferentes proyectos de acuerdo que por su competencia o naturaleza le corresponda conocer y ejecutar.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE GESTION AMBIENTAL:

MISIÓN: La Oficina de Gestión Ambiental será una subdependencia adscrita al despacho de la Secretaria agricultura, desarrollo económico y ambiente, la cual tiene como función primordial el diseñar y ejecutar el Plan Ambiental del Municipal de Sibaté, Cundinamarca, el cual debe abarcar los programas y proyectos de protección del medio ambiente y la preservación de especies de fauna y flora presentes en la jurisdicción Municipal.

FUNCIONES: La Oficina de Gestión Ambiental, ejercerá las siguientes funciones:

1. Desarrollar conocimientos, habilidades y actitudes propias de la educación, investigación y la cultura ambiental.

2. Promover, impulsar y coordinar la ejecución oportuna de las obras y acciones que se requieran para la prevención, control, corrección, mitigación, compensación y manejo de la degradación ambiental.

3. Promover y coordinar con las entidades educativas locales programas y proyectos encaminados a desarrollar estrategias para afianzar la cultura de la preservación por la vida.

4. Ejercer las funciones asignadas a la Secretaría Técnica del Consejo Ambiental Municipal.

5. Dirigir y coordinar las acciones orientadas a la promoción del ambiente y

1. protección del patrimonio ecológico, la evaluación de los impactos ambientales de las obras y acciones que adelante el Municipio, y colaborar para que las actividades de los particulares se sujeten al ordenamiento jurídico ambiental.

6. Direccionar tas actividades relacionadas con el manejo integral del Sistema Orográfico Municipal, lo cual incluye el suelo, la flora, la fauna, los ecosistemas estratégicos, el espacio público, de tal manera que contribuya al desarrollo de la función ecológica, productividad ambiental y agropecuaria de las zonas rurales, el crecimiento ordenado de los suelos urbanos y la conservación de los suelos protectores, según lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento Territorial.

7. Liderar las acciones que garanticen la conservación del recurso agua en el área de influencia, orientadas a proteger los componentes que están en condiciones de dar sostenibilidad ambiental al mismo. Lo cual comprenderá: protección de flora y fauna silvestre, alistamiento y reforestación de áreas protectoras, compra de nacimientos y demás acciones que así lo requiera.

8. Fomentar la elaboración de estudios y diseños integrales de las dimensiones ecológicas, socioeconómicas, culturales y ambientales, orientados a un manejo adecuado de tos recursos.

9. Planear, ejecutar y evaluar planes, programas y proyectos relacionados con la asistencia técnica, asesoría y capacitación para el fomento, protección, control y desarrollo del ambiente, fortalecimiento forestal y de los recursos naturales no renovables a nivel municipal.

10. Formular el Plan de Gestión Ambiental del Municipio, bajo la directa supervisión del Alcalde Municipal, y presentarlo luego a consideración del Concejo Municipal para su aprobación, previa consulta al Consejo Ambiental Municipal.

11. Coordinar y dirigir el Sistema de Gestión Ambiental del Municipio.

12. Coordinar la ejecución de las directrices y pautas para la Gestión Ambiental que deben cumplir las Secretarias, las Entidades Descentralizadas y todas las dependencias administrativas del Municipio, a través de las comisiones de trabajo.

13. Efectuar el seguimiento, control y la evaluación de la ejecución de la Gestión Ambiental Municipal.

14. Promover a nivel comunitario la realización de campañas y actividades formativas y divulgativas que fomenten la conciencia colectiva sobre la necesidad de participar en la conservación y manejo integrado del ambiente.

15. Fomentar al ejercicio de acciones populares encaminadas a la conservación, restauración y desarrollo del patrimonio ambiental y la defensa de los intereses colectivos del espacio público y de las normas que regulan el desarrollo urbano y regional.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE DESARROLLO ECONÓMICO:

MISIÓN: La Oficina de Desarrollo económico será una subdependencia adscrita al Despacho del Secretario de Agricultura, Desarrollo económico y Ambiente, con el propósito fundamental de diseñar y ejecutar planes específicos que permitan al sector económico productivo municipal de pequeña y mediana producción, estructurarse y proyectarse en sus áreas de producción, comercialización y mercadeo, a nivel local, departamental y nacional; así como fomentar la industria del turismo en el Municipio como fuente de ingreso permanente de nuestra comunidad.

FUNCIONES: La Oficina de Desarrollo Económico ejercerá las siguientes funciones:

1. Dirigir, ejecutar y evaluar planes y programas sectoriales de fomento, gestión y desarrollo de la Agroindustria, artesanía, minería, comercio, tecnología, servicios institucionales, abastecimiento y mercadeo, comercialización agroindustrial, dentro del municipio y prever su impacto departamental, nacional e internacional.

2. Diseñar y ejecutar programas que propendan por la creación, asesoría, asistencia, capacitación y desarrollo de formas asociativas productivas a nivel municipal, tales como microempresas, famiempresas, cooperativas y otras formas asociativas de trabajo.

3. Diseñar proyectos que busquen apoyar a los pequeños y medianos productores asentados en áreas de economía campesina, estimulando la creación y fortalecimiento de MIPYMES rurales.

4. Propiciar la creación de empresas de economía solidaria con fines de producción, transformación y comercialización de productos agropecuarios y piscícolas.

5. Apoyar y asistir técnicamente a las comunidades y organizaciones de pequeños productores en la formulación de proyectos de desarrollo rural que busquen acceder a los recursos de financiación, así como en la ejecución, seguimiento y evaluación de los mismos.

6. Promocionar y gestionar un sistema de información estadística y base de datos relacionados con el sistema de oferta y demanda de empleo a nivel municipal y del directorio empresarial. Planear, coordinar el Banco de Empleo Municipal.

7. Participar en la Organización de eventos de promoción empresarial, agroindustrial y agroambiental.

FUNCIONES DEL ÁREA DE TURISMO:

1. Fomentar la industria del Turismo en el Municipio, convirtiendo la jurisdicción territorial en destino ecoturístico con proyección sostenible.

2. Diseñar, ejecutar y hacer seguimiento a la política pública de turismo municipal.

3. Impulsar el desarrollo empresarial turístico en coordinación con las instituciones de apoyo empresarial municipal, departamental y nacional.

4. Diseñar y gestionar estrategias e instrumentos que concreten las políticas de turismo del Municipio.

5. Promover y coordinar con las diferentes Secretarías de Despacho, la elaboración de planes, programas y, en general, todo lo atinente a las políticas del sector turístico, de acuerdo con las directrices del nivel nacional.

6. Ejecutar, controlar, coordinar y evaluar planes, programas y proyectos para la promoción del turismo nacional e internacional hacia el Municipio.

7. Evaluar y hacer seguimiento al impacto que genere la aplicación de las políticas en materia turística sobre la promoción, competitividad, productividad, información, y fomento al desarrollo de formas asociativas de promoción y desarrollo turístico y, en general, sobre cualquier persona natural o jurídica que explote la actividad turística en el Municipio.

8. Coordinar con entidades oficiales o privadas que tengan en su haber funciones que se relacionen y/o afecten la actividad turística, el planeamiento, articulación y establecimiento de alianzas estratégicas para la ejecución de sus planes y programas.

9. Promover la incorporación del manejo ambiental en los proyectos turísticos, en coordinación con las entidades u organismos del orden departamental y nacional pertinentes.

10. Fomentar la formalización, cualificación y formación de los prestadores de servicios turísticos, como agente facilitador de los derechos del consumidor y canalizadores de las quejas y sugerencias en materia de calidad de los servicios.

11. Coordinar con las demás entidades competentes en la materia, acciones orientadas a la protección y promoción del patrimonio cultural, con fines turísticos.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA AGROPECUARIA:

MISIÓN: La Oficina Agropecuaria será una subdependencia adscrita al Despacho del Secretario de Agricultura, Desarrollo económico y Ambiente la cual tendrá como objetivo fundamental el diseño y ejecución de procesos propios del apoyo y la asistencia técnica agropecuaria al pequeño y mediano productor campesino, en las áreas agrícolas y pecuarias municipales, de tal forma que este productor obtenga rentabilidad y progreso económico y social.

FUNCIONES: La Oficina Agropecuaria cumplirá con las siguientes funciones:

1. Determinar las especies prioritarias y sistemas de producción más importantes para el municipio.

2. Desarrollar los programas y proyectos de transferencia de tecnología para los beneficiarios, mediante estrategias grupales que permitan la difusión y aplicación de las recomendaciones tecnológicas apropiadas de acuerdo con las prioridades del plan de acción de la dependencia.

3. Organizar el sistema de información municipal en los niveles geofísicos, productivo y de comercialización, en coordinación con las instancias departamentales de planificación agropecuaria

4. Organizar parcelas demostrativas y eventos de capacitación con el fin de informar e ilustrar a los usuarios sobre transferencia de tecnología, manejo de desechos tóxicos y muchos otros asuntos de su interés.

5. Liderar procesos de asistencia técnica y transferencia de tecnología en la jurisdicción municipal. Elaborar el cronograma y plan de transferencias de tecnología y asistencias técnicas, así como los costos que ello implique, los cuales formarán parte del Plan de acción de la dependencia

6. Dirigir, coordinar y controlar la prestación de servicios de asesoría, asistencia técnica y capacitación en proyectos de almacenamiento, manipulación, clasificación, conservación de bienes, atención al usuario y control de calidad en la comercialización de productos agropecuarios en puntos de venta, centros de acopio o plazas de mercado.

7. Administrar los programas en materia de desarrollo agropecuario en concordancia con los planes y programas departamentales y nacionales.

8. Atender en forma regular y continua a los pequeños productores beneficiarios en el lugar donde estén ubicadas sus explotaciones rurales.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA DE PLANEACIÓN:

MISIÓN: La Secretaria de Planeación como Instancia líder del proceso de planeación estratégica, esta dependencia tendrá como objetivo principal la Elaboración y seguimiento del Plan de Desarrollo Municipal, los planes, programas, proyectos y estudios en las diferentes áreas, necesarios para el desarrollo económico, social y administrativo del Municipio

FUNCIONES: Para cumplir con su Misión, la Secretaría de Planeación se deberá tener en cuenta las siguientes funciones:

DE CARÁCTER GENERAL:

1. Asistir a la Administración Municipal en la fijación de políticas de desarrollo local.

2. Realizar los estudios y ser líder en la elaboración del Plan de Desarrollo y realizar el correspondiente seguimiento en la ejecución del mismo.

3. Realizar y coordinar la elaboración del plan general de inversiones para cada vigencia con base en los criterios legales y las expectativas del Alcalde y en coordinación con todas las demás dependencias, el consejo de gobierno y la comunidad. Lo anterior en concordancia con las políticas nacionales y departamentales de desarrollo que hayan sido concertadas.

4. Liderar y participar en el proceso de implementación de la planeación estratégica a partir del diseño y formalización del Plan indicativo, Planes de Acción, Plan Operativo Anual de Inversiones y Programas de trabajo.

5. Realizar los estudios necesarios para la elaboración de los planes, programas y proyectos específicos de desarrollo. En este mismo sentido evaluará y propondrá los ajustes y modificaciones pertinentes.

6. Participar activamente en la elaboración de proyecto de presupuesto de acuerdo con las normas vigentes.

7. Servir de medio de vinculación y armonización entre la planeación local y la planeación nacional, regional, departamental y provincial.

8. Dar concepto sobre la conveniencia técnica y económica de las inversiones proyectadas a financiar con recursos del crédito y hacer la evaluación social de los mismos.

9. Prestar la asistencia técnica en el ámbito interno y externo (comunidad) para la elaboración de proyectos en las respectivas metodologías que así lo requieran.

10. Evaluar y dar recomendaciones sobre la forma de financiar los diferentes planes, programas y proyectos de desarrollo municipal.

11. Coordinar y evaluar los estudios de factibilidad técnica, económica, administrativa y social que se adelanten en el municipio tendiente a promover el desarrollo local.

12. En coordinación con las demás dependencias, participar en la elaboración del plan anual de compras.

13. Demandar de las demás dependencias la colaboración necesaria para la formulación de los planes sectoriales a cargo de ellas.

14. Presentar los proyectos de acuerdo de su competencia y participar en los debates que éstos susciten.

15. Rendir los informes periódicos al Despacho del Alcalde Municipal y a las autoridades de control que así lo requieran.

16. Establecer políticas y metodologías relacionadas con el sistema de evaluación de gestión y resultados de la Administración Municipal.

17. Proporcionar apoyo administrativo, logístico y técnico al Consejo Territorial de Planeación.

18. Ejercer las Funciones de Administración del SISBEN.

19. Acompañar al Despacho del Alcalde en la sustentación de los diferentes proyectos de acuerdo que por su competencia o naturaleza le corresponda conocer y ejecutar.

DE PLANEACIÓN ECONÓMICA Y SOCIAL:

1. Elaborar los proyectos de obras públicas, sociales y demás que deba ejecutar la administración o que busquen recursos o que sean propuestos para ser desarrollados por otros niveles o dependencias.

2. Reglamentar el funcionamiento del banco de proyectos.

3. Evaluar técnica, económica y socialmente los diversos proyectos presentados.

4. Realizar un diagnóstico anual del municipio para establecer así un esquema real de los proyectos y expectativas de desarrollo económico y social. En virtud de esto debe procesar y mantener actualizada la información estadística sobre el municipio en los niveles económico, social, cultural, fiscal, administrativo y territorial.

5. Vigilar la ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo económico y/o social.

6. Planear, dirigir y controlar la producción y difusión de información que requiere el Municipio para la toma de decisiones.

7. Asesorar, a la Administración Municipal en el establecimiento de un sistema de programación, evaluación y control de Gestión y de actividades que garanticen un racional aprovechamiento de los recursos disponibles.

DE PLANEACIÓN FÍSICA:

1. Adelantar todos los estudios y presentar los proyectos de todo lo relacionado con la planificación del espacio físico del municipio, en cuanto a suelo, obras de infraestructura, cobertura y localización de servicios públicos, vías de comunicación, entre otros.

2. Coordinar con el IGAC la forma de actualización y conservación de los planos y cartas topográficas del catastro municipal.

3. Prestar asesoría al Despacho del Alcalde en todos los temas relacionados con la implementación y ajustes del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.

4. Velar por el cumplimiento de las políticas y normas arquitectónicas y urbanísticas para el municipio.

5. Coordinar la implementación y los ajustes del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.

6. Conceptuar y reglamentar el tema relacionado con la construcción de obras civiles.

7. Liderar el proceso de expedición de licencias de construcción, urbanismo y subdivisiones.

8. Proponer los inmuebles, áreas o zonas que tengan el carácter de espacio público.

9. Proponer los inmuebles y construcciones que serán considerados como patrimonio histórico del municipio.

10. Realizar los estudios pertinentes cuando se requiera y permita la división del municipio en comunas y corregimientos.

11. Dar visto bueno a cualquier ente nacional, departamental o regional para realizar obras dentro del perímetro del municipio.

12. Estudiar, actualizar e implementar la nomenclatura urbana y expedir las correspondientes certificaciones.

13. Expedir los actos administrativos propios de la planeación municipal en cuanto a subdivisiones de predios, loteos, urbanizaciones, que cumplan con las respectivas normas.

14. Expedir certificaciones o actos administrativos sobre cerramientos, demarcaciones de inmuebles; vocación o uso del suelo, estratificación y nomenclatura.

DE GESTIÓN DEL RIESGO:

1. Orientar la formulación de políticas, planes, programas y proyectos que fortalezcan el proceso de conocimiento del riesgo en el Municipio.

2. Orientar la identificación de escenarios de riesgo en sus diferentes factores, entiéndase: amenazas, vulnerabilidades, exposición de personas y bienes.

3. Orientar la realización de análisis y la evaluación del riesgo a nivel territorial.

4. Orientar las acciones de monitoreo y seguimiento del riesgo y sus factores.

5. Asesorar el diseño del proceso de conocimiento del riesgo como componente del sistema territorial de Gestión del Riesgo.

6. Propender por la articulación entre el proceso de conocimiento del riesgo con el proceso de reducción del riesgo y el de manejo de desastres.

7. Propender por la armonización y la articulación de las acciones de gestión ambiental, adaptación al cambio climático y gestión del riesgo.

8. Orientar las acciones de comunicación de la existencia, alcance y dimensión del riesgo.

9. Orientar la articulación del Sistema Territorial de Gestión del Riesgo, e’ Sistema de Ciencia y Tecnología y el Sistema de Gestión Ambiental.

10. Orientar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del plan territorial para la gestión del riesgo, con énfasis en los aspectos del conocimiento del riesgo.

11. Orientar la formulación, implementación, seguimiento y evaluación de la estrategia de respuesta a emergencias.

12. Orientar la formulación de los planes de acción específicos para la recuperación posterior a situación de desastre.

13. Formular lineamientos para el manejo y transferencia de información y para el diseño y operación del Sistema Territorial de Información para la Gestión del Riesgo.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE URBANISMO Y VIVIENDA:

MISIÓN: La Oficina de Urbanismo y Vivienda, será la subdependencia adscrita a la Secretaría de Planeación encargada de liderar dos procesos fundamentales dentro de la Planeación física del Municipio, cuales son las decisiones sobre urbanismo y ordenamiento territorial, y el diseño y elaboración de proyectos de vivienda, área fundamental del desarrollo municipal.

FUNCIONES: En virtud de lo anterior la Oficina de Urbanismo y Vivienda ejercerá las siguientes funciones:

1. Dirigir, coordinar y supervisar planes y programas y mecanismos de control al desarrollo físico, urbanístico, usos del suelo, preservación y protección del patrimonio ecológico, ambiental y cultural en el Municipio.

2. Participación en la fijación de políticas, estrategias planes y programas de desarrollo urbanos.

3. Brindar la asesoría, consulta y asistencia técnica a nivel interno y externo de la Administración Municipal en materia de urbanismo, ordenamiento territorial y vivienda.

4. Direccionar, Coordinar, Ejecutar, evaluar y controlar de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo urbano y espacio público, así como de regulación, seguimiento y control sobre usos del suelo dentro de la jurisdicción municipal.

5. Coordinar y ejecutar los procesos, procedimientos de licenciamiento para obras y proyectos de urbanismo, obra civil, vivienda, construcciones, parcelaciones, loteos y demás actividades relacionadas con el uso, ocupación y desarrollo inmobiliario público o privado.

6. Proyectar las certificaciones o actos administrativos sobre cerramientos, demarcaciones de inmuebles; vocación o uso del suelo, estratificación y nomenclatura.

7. Dirigir, Coordinar, Ejecutar, evaluar y controlar las políticas, planes, programas y proyectos relacionados con la creación, Administración y funcionamiento del Banco Inmobiliario Municipal.

8. Coordinar y desarrollar los procesos relacionados con el funcionamiento del banco inmobiliario municipal y de sus funciones y competencias señaladas en las leyes pertinentes.

9. Administrar, coordinar y actualizar el archivo y sistemas de información geográfica y cartográfica municipal.

10. Coordinar y ejecutar el sistema, planes, programas y proyectos de desarrollo por el sistema de valorización.

11. Diseñar y reglamentar los Instrumentos, metodologías para el desarrollo y operatividad del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.

12. Coordinar, ejecutar y evaluar los procesos relacionados con la formulación y desarrollo de los planes parciales y actuaciones administrativas que reglamenten y garanticen la aplicabilidad y observancia del Plan Básico de Ordenamiento Territorial.

13. Dirigir, coordinar, ejecutar y evaluar los procesos relacionados con la formulación y desarrollo del plan municipal de vivienda a nivel Municipal.

14. Coordinar los planes, programas y proyectos de construcción y/o mejoramiento de vivienda rural y urbana de interés social en el Municipio.

15. Diseñar e implementar la reglamentación y funcionamiento del fondo de vivienda a nivel municipal.

16. Dirigir y coordinar los procesos y procedimientos relacionados con la formulación, desarrollo y ejecución de los planes y proyectos de servicios públicos, concesión de vías, áreas y espacios a tener en cuenta en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social.

17. Elaborar el inventario actualizado y gráfico del espacio público.

18. Conformar, incorporar y regular los inmuebles constitutivos del espacio público para el Municipio.

19. Adelantar estudios para la creación de nuevos barrios y división del territorio en comunas y corregimientos.

20. Ejercer el control urbano en cuanto a construcciones, ocupación de vías, sectores públicos, vallas y proyectar los actos administrativos sancionatorios pertinentes.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE PROYECTOS Y ESTADÍSTICAS:

MISIÓN: La Oficina de Proyectos y Estadísticas, será una subdependencia adscrita a la Secretaría de Planeación Municipal, cuya función principal gira entorno a la consolidación de Información estadística municipal y formulación de Proyectos de Inversión Municipal que contribuyan al cumplimiento de metas y objetivos sectoriales del Plan de Desarrollo Municipal y en qué última instancia.

contribuyan a elevar la calidad de vida de la población de la jurisdicción municipal.

FUNCIONES: La Oficina de Proyectos y Estadísticas cumplirá con las siguientes funciones:

1. Diseñar, implementar y mantener actualizado el Banco de Proyectos Municipales, el cual debe registrar los programas y proyectos viables técnica, ambiental y socioeconómicamente susceptibles de financiación con recursos del Presupuesto general de la Entidad Pública. Implica diseñar e implementar un Manual de Operaciones del Banco de Proyectos de Inversión Municipal.

2. Diseñar y elaborar todos los proyectos de inversión que demanden e’ progreso social, las expectativas de la comunidad y las metas y objetivos previstas en el Plan de Desarrollo Municipal.

3. Consolidar herramientas para medir la satisfacción de las necesidades de la población que sirvan de articulación entre la planeación y las inversiones públicas municipales.

4. Coordinar y ejecutar programas de orientación, capacitación y asistencia técnica a todas las dependencias sobre el manejo, formulación, trámite y gestión de proyectos de inversión.

5. Realizar la planeación operativa que permita el seguimiento de los objetivos de los proyectos formulados mediante los planes de acción.

6. Definir, diseñar, estructurar y desarrollar las aplicaciones requeridas para alimentar y manejar los bancos de información y de proyectos.

7. Coordinar con las demás Secretarías de Despacho de manera integral la ejecución de los diferentes proyectos que demanden atención especial debido a su impacto desde el punto de vista financiero y social.

8. Conceptuar sobre los proyectos que presenten las demás dependencias y entidades adscritas a la Administración Municipal, sobre su viabilidad e inclusión en el Plan de Desarrollo Municipal.

9. Liderar proyectos que requieran del manejo, administración e integración de información espacial y estadística.

10. Prestar asistencia técnica a las veredas, asociaciones comunales y demás organizaciones municipales de beneficio social en la formulación de proyectos de inversión orientados a mejorar la calidad de vida de la población local.

11. Realizar estudios de pre factibilidad (directa o indirectamente) económica y social para cada uno de los proyectos de inversión.

12. Realizar el proceso de sistematización integral de la información estadística que posea el Municipio y establecer las respectivas bases de datos por dependencia o sector.

13. Recolectar, analizar, procesar y proyectar las estadísticas básicas en los aspectos socioculturales, económicos, financieros, fiscales, administrativos y físico territoriales que se requieran para la formulación de políticas tanto sectoriales como globales del desarrollo municipal.

14. Realizar investigaciones sobre los siguientes aspectos del municipio: estructura económica, empleo, niveles de ingreso, el estado de las finanzas y la interrelación de éstas con la economía regional, departamental y nacional.

15. Elaborar el inventario de necesidades y potencialidades del municipio en los aspectos de desarrollo agropecuario, industrial, comercial, financiero, empleo, de servicios, educación, salud, vivienda, seguridad, saneamiento, recreación y cultura.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA DE SALUD:

MISIÓN: La Secretaría de Salud del Municipio de Sibaté, Cundinamarca, será la dependencia encargada de liderar las acciones de diseño e implementación del Plan territorial de Salud, en armonía con las directrices nacionales establecidas en la Política de atención integral en salud “PAS” y el Plan decenal de salud pública, garantizando a la población el acceso oportuno a los servicios.

FUNCIONES: La Secretaría de Salud, ejercerá funciones como las siguientes:

1. Diseñar, implementar y evaluar planes, programas y proyectos del sector salud, en concordancia con las directrices nacionales y departamentales en materia de salud y protección.

2. Direccionar el Sistema General de Seguridad Social en Salud en el Municipio, garantizando el cumplimiento de las reglas rectoras de Equidad, Obligatoriedad, Protección integral, Libre escogencia, Autonomía de instituciones, Descentralización administrativa y Participación social.

3. Diseñar, elaborar, ejecutar y evaluar el Plan Territorial de Salud y el Plan Decenal en Salud Pública para las respectivas vigencias legalmente previstas.

4. Realizar inspección, vigilancia y control para garantizar la calidad en la prestación de los servicios del primer nivel en salud.

5. Liderar las acciones de vigilancia epidemiológica y adelantar las medidas de salud pública necesarias, que se deriven de las situaciones detectadas.

6. Liderar los procesos de aseguramiento en salud, de tal forma que el total de población cuente con Seguridad Social en Salud.

7. Ejecutar, adecuar, adoptar, cumplir y hacer cumplir en el Municipio las políticas y las normas establecidas por el Ministerio de Salud y Protección Social, la Superintendencia de Salud, el Consejo Nacional de Seguridad Social y la Secretaría de Salud de Cundinamarca.

8. Realizar seguimiento directo o por medio auditorías a la prestación de servicios de salud para garantizar el mejoramiento continuo de los servicios de salud

9. Controlar el flujo y ejecución de los recursos del sector salud del municipio e informar, en coordinación con la Secretaría de Hacienda, sobre el manejo y funcionamiento del Fondo Local de Salud.

10. Proponer programas y acciones específicas que busquen controlar los factores de riesgo inherentes al estado de salud enfermedad de la población de la jurisdicción municipal.

11. Adoptar, administrar e implementar el Sistema Integral de atención al usuario “SIAU”, así como generar, recopilar y reportar la información estadística requerida por el sistema, la Secretaria de Salud de Cundinamarca y los demás organismos e instancias de Control.

12. Diseñar mecanismos para la adecuada participación social y el ejercicio pleno de los deberes y derechos de los ciudadanos en materia de salud y de seguridad social en salud

13. Orientar, gestionar y tramitar administrativamente las quejas, reclamos, solicitudes y sugerencias de cualquier tipo, relacionadas con los problemas que se presentan en la prestación de servicios de salud en las instituciones, públicas, privadas y mixtas, pertenecientes al Sistema General de Seguridad Social en Salud (SGSSS), con el fin de ejercer control y soporte a estas instituciones y resolver los problemas de cada usuario.

14. Impulsar, coordinar y participar activamente en los proyectos, programas, investigaciones y actividades del SGSSS que afectan al municipio y que se elaboran al interior de los grupos funcionales establecidos en la dependencia, con el fin de ejecutar las políticas relacionadas consignadas en el Plan de Desarrollo, conforme lo dicta la normatividad vigente en la materia

15. Realizar búsqueda activa de los prestadores del servicio de salud, centros estéticos, droguerías y centros naturistas; y reportar a la oficina de inspección, vigilancia y control del Departamento.

16. Realizar vigilancia sanitaria a los factores de riesgo asociados a la salud y articular acciones para el mejoramiento de los mismos

17. Acompañar al Despacho del Alcalde en la sustentación de los diferentes proyectos de acuerdo que por su competencia o naturaleza le corresponda conocer y ejecutar.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE SALUD PÚBLICA:

MISIÓN: La Oficina de Salud Pública será una subdependencia adscrita a la Secretaría de Salud de Sibaté, Cundinamarca y enfocará sus competencias al ejercicio del diseño y ejecución de políticas y acciones de salubridades individuales o colectivas de tal forma que las condiciones de vida y bienestar social sean elevadas de manera permanente.

FUNCIONES: La Oficina de Salud Pública cumplirá, entre otras, con las siguientes funciones:

1. De conformidad con la situación específica de salud municipal, promover la integración de otros sectores para la formulación y ejecución de los planes y proyectos en salud pública.

2. Diseñar y ejecutar el Plan Municipal de Salud Pública, el cual debe contener como mínimo: El perfil epidemiológico; actividades de promoción; acción de competencia; plan financiero; coberturas mínimas obligatorias; metas y responsabilidades; prioridades de salud pública; actividades colectivas; modelos de atención; plan de inmunizaciones; acciones de salud mentas; y acciones de salud sexual y reproductiva.

3. Diseñar y adelantar acciones de salud pública que garanticen la intervención integral a toda la población, sin discriminar el estado de afiliación al sistema de seguridad social en salud, con el propósito de disminuir el riesgo en salud y ocurrencia de eventos de enfermedades de interés en salud pública.

4. Coordinar y controlar las acciones de salud pública que realicen en su jurisdicción; las entidades promotoras de salud y las demás entidades que administran el régimen subsidiado y todas aquellas que hacen parte de los

1. regímenes especiales, así como las instituciones prestadoras de servicios de salud o relacionadas.

5. Asignar y distribuir actividades de acuerdo a la competencia y responsabilidad, interinstitucional e intersectorial de los servidores públicos, con el ánimo de realizar las acciones de promoción, prevención y protección específica,

6. Participar en los estudios y análisis sobre el efecto producido en la aplicación de políticas de salud en bienestar de las personas a través del costo beneficio y rentabilidad social.

7. Impulsar, coordinar y participar activamente en los proyectos, programas, investigaciones y actividades dirigidas a personas en condición de vulnerabilidad (discapacidad, persona mayor, infancia, gestantes entre otras), que afectan y se desarrollan en el municipio, con el fin de tomar todas Ras acciones técnicas comunitarias correspondientes en cada uno de los casos, conforme lo dicta la normatividad vigente en la materia.

8. Coordinar el funcionamiento de los programas de Nutrición y Seguridad Alimentaria dirigidos a la población identificada como la más vulnerable, con el fin de planear y dar aplicación a las políticas de salud alimentaria y nutricional del nivel local y nacional.

9. Diseñar, proponer y ejecutar proyectos para mejorar las condiciones de salud mensual en la comunidad.

10. Diseñar, proponer y ejecutar proyectos para mejorar las condiciones de salud sexual y reproductiva en la comunidad.

11. Diseñar, proponer y ejecutar proyectos para mejorar las condiciones de salud laboral para trabajadores informales y prevención de las peores formas de trabajo infantil

12. Diseñar, proponer y ejecutar proyectos para generar estrategias que permitan propender por un estilo de vida saludable.

13. Coordinar el funcionamiento de los programas del PAI -Plan Ampliado de Inmunización-, con el fin de planear y dar aplicación a las políticas de salud de la madre y del recién nacido y población en edad fértil del nivel local.

14. Diseñar, proponer y ejecutar proyectos que permitan responder a las necesidades de la población víctima del conflicto armado, las cuales deberán quedar contempladas a través de un plan de acción territorial.

15. Coordinar las acciones de vigilancia del riesgo en el ámbito familiar, propendiendo por el mejoramiento continuo de la calidad de vida de las familias vulnerables.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OF|CINA DE VIGILANCIA Y PRESTACION DE SERVICIOS:

MISIÓN: La Oficina de vigilancia y prestación de servicios será en la subdependencia adscrita a la Secretaría de Salud de Sibaté, la cual tiene como competencia fundamental el evaluar, monitorear y vigilar en forma constante las condiciones determinantes de la salud de las comunidades a fin de determinar las intervenciones necesarias para el control epidemiológico, sanitario y de prestación de servicios de salud, para los procesos de planificación que lleven a cambios permanentes en el mejoramiento de la calidad de vida de los Sibateños.

FUNCIONES: Dentro de las funciones de la Oficina de Vigilancia y prestación de servicios tenemos:

1. Realizar acciones de vigilancia, control y seguimiento que sean necesarias para garantizar las acciones de salud pública, promoción de la salud y prevención de la enfermedad, vigilancia epidemiológica y los factores de riesgo.

2. Participar en la realización de estudios e investigaciones epidemiológicas necesarias, con el propósito de establecer los factores de riesgo biológico, físico, químico y de consumo que permitan promover estilos de vida saludable en la jurisdicción municipal.

3. Coordinar con las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud, públicas y privadas, el reporte de información de los eventos de vigilancia epidemiológica, con fin de recopilarla, consolidarla y enviarla a la Secretaría de Salud de Cundinamarca.

4. Participar y coordinar la realización de estudios e investigaciones que permitan detectar y reportar de manera oportuna la aparición de enfermedades emergentes o reemergentes que pongan en peligro la salud pública municipal.

5. Evaluar, monitorear y vigilar en forma constante las condiciones determinantes de la salud de las comunidades a fin de determinar las intervenciones necesarias para el control epidemiológico y para los procesos de planificación que lleven a cambios permanentes en el mejoramiento de la calidad de vida de la población.

6. Coordinar, solicitar y en el límite de las disposiciones legales y normativas, prever que las competencias del nivel departamental en vigilancia y saneamiento ambiental se cumplan en todas las áreas y formas en la jurisdicción municipal, de tal forma que los factores de riesgo epidemiológico y sanitarios identificados sean evitados, tratados o mitigados.

7. Elaborar en forma anual el análisis de situación en salud “ASIS” y realizar las respectivas sustentaciones para la aprobación por parte de ‘a Secretaría de Salud de Cundinamarca.

8. Elaborar y tener actualizado el Mapa de Riesgo Epidemiológico municipal.

9. Realizar búsqueda activa de prestadores de servicios de salud, vigilando que estén adscritas ante el registro especial de prestadores.

10. Realizar vigilancia y control al Sistema obligatorio de garantía de calidad en cada una de las IPS y EPS del Municipio

11. Implementar el sistema de atención al ciudadano “oficina SIAU”, garantizando la resolución de peticiones, quejas y reclamos de los ciudadanos en forma oportuna.

12. Realizar seguimiento y control a la prestación de servicios de salud en cada una de las IPS y EPS, generando planes de mejoramiento para garantizar un adecuado servicio.

13. Realizar búsqueda activa de droguerías, centros de estética y centros naturistas a través de la implementación de los lineamientos establecidos por la Gobernación de Cundinamarca y tomar las medidas pertinentes en caso de ser necesario.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA DE GOBIERNO Y PARTICIPACION COMUNITARIA:

MISIÓN: La Secretaría Gobierno y Participación Comunitaria del Municipio de Sibaté, Cundinamarca, diseñará y contribuirá en la ejecución de Procesos y actividades tendientes a ofertar seguridad ciudadana y convivencia social garantizando los derechos humanos, las libertades públicas ciudadanas, apoyo a la justicia y demás garantías sociales dentro de la jurisdicción de la Entidad Pública Territorial.

FUNCIONES: En virtud de lo anterior cumplirá entre otras con las siguientes funciones:

1. Trazar políticas que permitan afianzar y profundizar los principios del Estado social de Derecho, la convivencia ciudadana, la tolerancia y el respeto de los derechos humanos.

2. Coordinar las funciones policivas desarrollando acciones tendientes a garantizar la vida; honra, bienes y la tranquilidad y el orden ciudadano.

3. Apoyar a la rama judicial y el ministerio público en la prestación del servicio de la administración de justicia en la jurisdicción municipal.

4. Asegurar a través de la Inspección Municipal de Policía y Comisaría de Familia la tranquilidad, la moralidad y el orden ciudadano, imponiendo a los infractores las sanciones del caso, de acuerdo con las normas legales vigentes sobre la materia.

5. Apoyar y propender por el fomento de formas asociativas comunitarias para la seguridad, convivencia social y beneficencia pública. Proponer mecanismos de solución pacífica de conflictos.

6. Formular las políticas para prevenir los conflictos y situaciones intrafamiliares y atención al menor.

7. Ser la instancia de enlace municipal entre las comunidades organizadas y el Despacho del Alcalde Municipal, en virtud de lo cual deberá asesorar, asistir y apoyar las Juntas de acción comunal, veedurías, ONGS y organizaciones cívicas y comunitarias en asuntos de gobierno municipal.

8. Dirigir, coordinar y asesorar el funcionamiento y asistencia al Consejo de Seguridad.

9. En coordinación y subsidiariedad con la Oficina Jurídica ser la instancia de asesoría y asistencia jurídica al Despacho del Alcalde y a las demás Secretarías de Despacho.

10. Coordinar con el Alcalde Municipal el diseño de las políticas pera mantenimiento y consolidación del orden público, la seguridad y la convivencia ciudadana.

11. Coordinar y colaborar bajo la dirección de las autoridades electorales, para que los procesos eleccionarios se realicen con transparencia, armonía, tranquilidad y seguridad en la jurisdicción municipal.

12. Asesorar al Despacho del Alcalde en la elaboración y adopción de planes y programas de seguridad ciudadana y de bienestar comunitario.

13. Acompañar al Despacho del Alcalde en la sustentación de los diferentes proyectos de acuerdo que por su competencia o naturaleza le corresponda conocer y ejecutar.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA JURÍDICA:

MISIÓN: La Oficina Jurídica será una subdependencia adscrita a la Secretaría de Gobierno, cuya función está encaminada a ser la instancia asesora en la interpretación de normas y asuntos jurídicos y conceptuar y absolver consultas de carácter jurídico internas, referidas a la Administración Central del Municipio de Sibaté, Cundinamarca.

FUNCIONES: En virtud de lo anterior tendrá entre otras las siguientes funciones:

1. Brindar asesoría y asistencia jurídica en las diferentes ramas del derecho al Despacho del Secretario de Gobierno al Despacho del Alcalde Municipal y a las diferentes dependencias de la Administración Municipal.

2. Resolver y conceptuar las consultas que en materia jurídica y administrativa le formulen los Secretarios de Despacho, los Jefes de Oficina, en asuntos relacionados con la Administración Municipal.

3. Asesorar, coordinar, orientar y asistir al Despacho del Secretario de Gobierno en la resolución de procesos policivos y contravencionales.

4. Proyectar y viabilizar providencias y actos administrativos que se deban expedir o relacionados con procesos administrativos, tutelas, derechos de petición, personerías jurídicas, permisos y licencias de competencia del Despacho del Alcalde y de las demás dependencias de la Administración Municipal.

5. Sustanciar los recursos que sean interpuestos contra los actos administrativos proferidos por la entidad.

6. Dirigir, coordinar y divulgar toda la información jurídica propia de la Administración Municipal y de cada una de las dependencias que se expida por las diferentes autoridades legislativas, ejecutivas y judiciales.

7. Dirigir, asesorar y llevar procesos relacionados con la legalización de predios baldíos, áreas de cesión al Municipio y asentamientos subnormales dentro de la jurisdicción municipal.

8. Proyectar las decisiones dentro de los procesos disciplinarios de competencia del Despacho del Acalde Municipal, con ocasión de la segunda instancia.

9. Asesorar al Despacho del Alcalde Municipal en la viabilidad legal de proyectos de Acuerdo Municipal y en la sanción de las mismas procedentes del Concejo Municipal.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA COMISARÍA DE FAMILIA:

MISIÓN: La Comisaria de Familia, será una oficina adscrita e Secretaría de Gobierno, de carácter administrativo e interdisciplinario que forma parte del sistema nacional de bienestar familiar cuya misión es prevenir, garantizar restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar y las demás establecidas por la ley.

FUNCIONES: En virtud de las funciones asignadas por la ley 1098 de 2006, la Comisaría de Familia tendrá las siguientes funciones y competencias:

1. Garantizar, proteger, restablecer y reparar los derechos de los miembros de la familia conculcados por situaciones de violencia intrafamiliar.

2. Atender y orientar a los niños, las niñas y los adolescentes y demás miembros del grupo familiar en el ejercicio y restablecimiento de sus derechos.

3. Recibir denuncias y adoptar las medidas de emergencia y de protección necesarias en casos de delitos contra los niños, las niñas y los adolescentes.

4. Recibir denuncias y tomar las medidas de protección en casos de violencia intrafamiliar.

5. Definir provisionalmente sobre la custodia y cuidado personal, la cuota de alimentos y la reglamentación de visitas, la suspensión de la vida en común de los cónyuges o compañeros permanentes y fijar las cauciones de comportamiento conyugal, en las situaciones de violencia intrafamiliar.

6. Practicar rescates para conjurar las situaciones de peligro en que pueda encontrarse un niño, niña o adolescente, cuando la urgencia del caso lo demande.

7. Desarrollar programas de prevención en materia de violencia intrafamiliar y delitos sexuales.

8. Adoptar las medidas de restablecimiento de derechos en los casos de maltrato infantil y denunciar el delito.

9. Aplicar las medidas policivas que correspondan en casos de conflictos familiares, conforme a las atribuciones que les confieran los Concejos Municipales.

10. Las demás asignadas por el Alcalde Municipal o autoridad competente y relacionadas con el ejercicio de la Comisaría de Familia en los términos de la ley 1098 de 2006 0 las que la modifiquen, adicionen o reglamenten.

PARÁGRAFO PRIMERO: La Comisaría de Familia tendrá el apoyo permanente de la Policía Nacional.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA INSPECCIÓN MUNICIPAL DE POLICÍA:

MISIÓN: La Inspección Municipal de Policía será una oficina adscrita al Despacho del Secretario de Gobierno y sus funciones y competencias estarán enfocadas hacia el manejo de los asuntos relativos al orden público y protección de la libertad ciudadana y los derechos que de éste se deriven por los medios, límites y procedimientos establecidos en la Constitución, las leyes, decretos, ordenanzas, acuerdos municipales y demás normas de carácter superior.

FUNCIONES: En virtud de lo anterior cumplirá con las siguientes funciones y competencias:

1. Conocer de los asuntos o negocios que les asignen la ley, las ordenanzas y los acuerdos.

2. Conocer y fallar negocios de carácter policivo que sean de su competencia y que se tramiten en el municipio.

3. Conocer y resolver de las contravenciones especiales y comunes a que se refiere el Código Nacional de Policía.

4. Atender las querellas presentadas por los ciudadanos y realizar las correspondientes investigaciones.

5. Realizar campañas de divulgación hacia la comunidad de las responsabilidades, derechos y deberes ciudadanos.

6. Propender y adelantar acciones por el respeto a los derechos civiles y tas garantías sociales para lo cual deberá emprender campañas de seguridad con el apoyo de las autoridades de policía.

7. Trasladar a Juzgados u otros organismos judiciales, los casos que no sean de su competencia.

8. Colaborar con los organismos judiciales para hacer efectivas las providencias.

9. Fiscalizar y ejercer control sobre precios, pesas y medidas, así como el cumplimiento del código sanitario nacional.

10. Coordinar, administrar y supervisar los programas y acciones de gobierno en materia de policía, orden público, desarrollo y bienestar de la comunidad.

11. Cumplir y hacer cumplir con las disposiciones de ‘a Ordenanza Departamental N O 014 del 14 de diciembre de 2005 y/o por las que los modifiquen, adicionen o clarifiquen.

12. Cumplir con las comisiones que le confieran los servidores públicos de la rama civil o penal del órgano jurisdiccional y los demás servidores públicos que puedan legalmente conferírselas.

13. Diseñar y ejecutar planes y proyectos relacionados con la formación ciudadana, control y vigilancia de pesas, precios, medidas y horarios de establecimientos públicos comerciales, uso y ocupación de espacio público y control de ventas ambulantes.

14. Dar aplicación a los reglamentos de policía sobre moralidad, obras públicas, obras particulares, ornato del municipio, mendicidad, vendedores ambulantes, carteles y avisos y en general, todo lo que se relacione con la seguridad, tranquilidad y salubridad públicas.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL:

MISIÓN: La Secretaría de Desarrollo Social deberá ser la instancia Directiva, ejecutora y orientadora de tas diversas actividades que conduzcan al cumplimiento de metas y objetivos sociales de la Administración Municipal, de tal forma que se puedan evidenciar acciones específicas en las áreas de Educación, Cultura y Grupos Poblacionales, que permitan el desarrollo y progreso de las comunidades menos favorecidas, elevando su calidad de vida de manera permanente.

FUNCIONES: La Secretaría de Desarrollo Social cumplirá, entre otras, con las siguientes funciones:

1. Asesorar al Despacho del Alcalde Municipal en la formulación y ejecución de las políticas, planes, programas y proyectos de impacto social que promuevan el desarrollo armónico e integral de la población del Municipio de Sibaté, Cundinamarca.

2. Propiciar espacios de participación, diálogos e interacción entre la Administración Municipal y las diferentes entidades gubernamentales y no gubernamentales a nivel local, regional, nacional e internacional, con miras al desarrollo integral y mejoramiento de la calidad de vida de la población más vulnerable del Municipio.

3. Planear, coordinar y ejecutar programas de bienestar social dirigidos e grupos poblacionales como: primera infancia, infancia, adolescencia, juventud, mujer, victimas y persona mayor, entre otros.

4. Planear y ejecutar programas relacionados con la formación en principios y valores; el fomento de la convivencia y la integración social; así como la asesoría, acompañamiento y seguimiento a poblaciones en situación de vulnerabilidad.

5. Diseñar y ejecutar programas y proyectos relacionados con el desarrollo educativo, la capacitación, habilitación y formación para el trabajo de jóvenes.

6. Fomentar la elaboración de estudios e investigaciones que permitan mejorar la formulación y orientación de los programas sociales. En este mismo sentido deberá coordinar la elaboración de los proyectos de impacto social, con el fin de registrarlos en el Banco de Proyectos y Plan de Inversiones, de conformidad con el Plan de Desarrollo Municipal.

7. Planear, dirigir, coordinar y controlar la gestión de las Oficinas de Educación, Cultura y Grupos Poblacionales y participar en la ejecución, control y evaluación de los respectivos planes sectoriales.

8. Coordinar con las demás Secretarías de Despacho y Consejo de política municipal de política social los diferentes programas dirigidos a la comunidad y establecer los -mecanismos para articularlos en la dimensión social que permita la optimización de los recursos y el máximo beneficio para el desarrollo de las comunidades y sus potencialidades.

9. Formulación y ejecución de la política educativa, cultural y de grupos poblacionales en cuanto a la optimización de calidad y cobertura.

10. Diseñar y ejecutar procesos y procedimientos articulados y documentados para la optimización de los recursos del sector social, mediante el desarrollo integral de proyectos interdependencias.

11. Acompañar al Despacho del Alcalde en la sustentación de los diferentes proyectos de acuerdo que por su competencia o naturaleza te corresponda conocer y ejecutar.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE GRUPOS POBLACIONALES:

MISIÓN: La Oficina de Grupos Poblacionales será subdependencia adscrita a la Secretaría de Desarrollo Social y el enfoque fundamental del ejercicio de sus funciones está encaminada a liderar todos los programas sociales y al diseño y ejecución de políticas y estrategias para los diferentes grupos poblacionales más vulnerables del Municipio como son: primera infancia, infancia, adolescencia, juventud, mujer, victimas y persona mayor

FUNCIONES: La Oficina de Grupos Poblacionales cumplirá, entre otras, con las siguientes funciones:

1. Participar en el diseño y elaboración de la Política del Sector Social y proponer y ejecutar las líneas de acción específicas para los programas sociales que afecten de manera directa el mejoramiento del nivel o calidad de vida de grupos poblacionales más vulnerables como: primera infancia, infancia, adolescencia, juventud, mujer, victimas y persona mayor

2. Orientar y diseñar estudios que contengan la información situacional y actualizada del sector social en el Municipio.

3. Gestionar procesos de cooperación y alianzas estratégicas para la obtención de recursos, o la inclusión en programas y proyectos del orden nacional y/o departamental que puedan favorecer directa o indirectamente los grupos poblacionales que son nicho de la actividad de la Oficina.

4. Formular, ejecutar y evaluar programas de atención integral a la primera infancia, e infancia, que se prestan a través de hogares infantiles, hogares comunitarios, clubes infantiles y otros que con tal fin se implementen, en coordinación con las entidades que hacen parte del Sistema de Bienestar Familiar.

5. Planear, coordinar y evaluar la ejecución de programas relacionados con el desarrollo educativo, la capacitación, habilitación y formación a los jóvenes, con énfasis en su liderazgo, trabajo en equipo y participación ciudadana.

6. Diseñar y ejecutar planes, programas y proyectos específicos de atención integral y mejora continua de la calidad de vida de las mujeres cabezas de familia.

7. Formar en competencias laborales a las mujeres cabezas de familia que estén organizadas en torno de un proyecto productivo con visión social.

8. Participar en la elaboración del diagnóstico de las necesidades de la población víctima del conflicto armado, las consecuencias sociales, económica, jurídica y políticas y sus alternativas de atención en el marco del sistema nacional de atención y reparación integral a víctimas.

9. Proponer la adopción de medidas que garanticen a la población víctima del conflicto armado su acceso a planes, programas y proyectos integrales de desarrollo humano, de tal manera que su vinculación a la vida social, laboral y cultural en el Municipio se realice evitando procesos de segregación o estigmatización social

10. Asesorar y participar en la formulación de políticas que garanticen el bienestar y la calidad de vida de las personas mayores de 60 años o considerados como tercera edad.

11. Diseñar y ejecutar programas y proyectos de protección, asistencia social y atención integral a la población más vulnerable de persona Mayor.

12. Proponer la optimización de procesos y procedimientos que contribuyan a la obtención, optimización y administración de los recursos que puedan favorecer las alternativas de solución a los grupos poblacionales.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE EDUCACIÓN:

MISIÓN: La Oficina de Educación Municipal será una subdependencia adscrita a la Secretaría de Desarrollo Social y en su ejercicio normal de funciones deberá ser la instancia líder de diseño y ejecución de políticas y estrategias para el sector educativo municipal, dentro del marco previsto legal y normativamente y enfocado a las metas institucionales del Plan de Desarrollo Municipal.

FUNCIONES: La Oficina de Educación Municipal tendrá, entre otras, las siguientes funciones:

1 Asesorar, orientar y ejecutar el Plan de Desarrollo Municipal para el sector educativo.

2. Diseñar la formulación y adopción de políticas y planes estratégicos a nivel municipal, teniendo en cuenta las directrices nacionales y departamentales para el Sector Educación.

3. Asesorar el diseño y la formulación y adopción de la Política Educativa Municipal, teniendo en cuenta las directrices nacionales y departamentales para el Sector Educación.

4. Formular, ejecutar y evaluar programas y proyectos relacionados con el fortalecimiento y el mejoramiento continuo de calidad, promoción y cobertura del sector educación.

5. Participar en el diseño y ejecución de programas y procesos que agreguen valor al proceso educativo, a través de la formación, capacitación, habilidades sociales, y escuelas de padres.

6. Identificar necesidades de dotación, mantenimiento, ampliación, construcción de infraestructura educativa

7. Planear y coordinar la ejecución de proyectos específicos relacionados con la dotación a las instituciones educativos

8. Apoyar y fomentar programas de difusión para la práctica de la lectura en coordinación con otras entidades del sector.

9. Diagnosticar el estado general de la educación en el municipio en coordinación interdisciplinaria e interinstitucional.

10. Realizar los estudios y análisis que permitan adoptar medidas para la disminución de la deserción escolar de la población educativa.

11. Apoyar y retroalimentar el proceso de actualización del sistema de información sobre el estado de la educación del municipio.

MISIÓN Y FUNCIONES DE LA OFICINA DE CULTURA:

MISIÓN: La Oficina de Cultura será una subdependencia adscrita a la Secretaría de Desarrollo Social y el ejercicio de funciones, competencias y procesos están encaminados al diseño y ejecución de políticas, planes y proyectos que permitan el fortalecimiento de los procesos de formación y promoción de los sectores culturales.

FUNCIONES: La Oficina de Cultura ejercerá las siguientes funciones:

1. Liderar la elaboración y ejecución del Plan Municipal de Cultura y las políticas culturales, como componente del Plan de desarrollo Municipal.

2. Fortalecer los mecanismos de coordinación y cooperación entre las distintas entidades públicas y privadas a nivel nacional, regional, departamental y municipal orientadas al desarrollo de proyectos artísticos y culturales

3. Elaborar, apoyar y ejecutar los planes y programas de investigación, recuperación, difusión y publicación del patrimonio artístico cultural.

4. Cumplir la legislación vigente en materia cultural, velar por su cumplimiento y promover nuevas iniciativas.

5. Conformar y poner en funcionamiento el Consejo Municipal de Cultura.

6. Impulsar y consolidar las escuelas de formación artística y cultural.

7. Fomentar el desarrollo de emprendimientos artísticos y culturales.

8. Apoyar la participación de las escuelas de formación artísticas y cultural en los diferentes escenarios, encuentros y/o festivales zonales, departamentales, nacionales e internacionales, con el fin de fortalecer los procesos artísticos y mostrar y visibilizar el talento Sibateño,

9. Elaborar en forma anual la agenda artística cultural del Municipio.

10. Prever y planear actividades con el propósito de establecer estímulos especiales y la promoción de la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales.

11. Estimular la destinación y mejoramiento de espacios públicos, aptos para la realización de actividades culturales

12. Propender por que se tengan en cuenta en los proyectos de infraestructura cultural la eliminación de barreras arquitectónicas que impidan la libre circulación de las personas con discapacidad y el fácil acceso de la infancia y las personas mayores.

13. Diseñar y ejecutar proyectos que busquen rescatar, defender y promover el talento artístico y cultural municipal y democratizar el acceso de las personas a los servicios y manifestaciones culturales.

14. Fomentar y coordinar toda clase de actividades culturales que involucren la participación de la comunidad.

15. Planear, organizar y controlar los procesos y procedimientos de la prestación del servicio de biblioteca pública municipal.​

Sibaté

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Otras sedes

  • Centro De Salud De Sibaté
    Dirección: Carrera 8 # 6-45, Sibaté (Cundinamarca).
    salud@sibate-cundinamarca.gov.co
    Teléfono: (+57) 1 7250942
  • Puesto De Salud Pablo Neruda
    Dirección: Carrera 14 # 5 – 82, Sibaté (Cundinamarca).
    saludpublica@sibate-cundinamarca.gov.co
    Teléfono: (+57) 1 5298648
  • Casa de la Cultura
    Dirección: Carrera 7 Nº 10 -68, Sibaté (Cundinamarca).
    cultura@sibate-cundinamarca.gov.co
    Teléfono: (+57) 1 7250339
  • Casa de la Justicia
    Dirección: Carrera 7 # 8-84, Sibaté (Cundinamarca).
    gobierno@sibate-cundinamarca.gov.co
    Teléfono: (+57) 1 5295238